
El juzgado avaló la valoración de indicios utilizada por el JNE.
Sin el menor atisbo de vergüenza, Víctor Hugo Rivera quiso regresar al sillón provincial, pero sin éxito. Y es que el Segundo Juzgado Constitucional de Arequipa, a cargo del magistrado Jorge Luis Linares Cuadros, rechazó la medida cautelar presentada en contra del Jurado Nacional de Elecciones (JNE), que lo vacó del cargo por restricciones a la contratación
Según el JNE, el exburgomaestre obtuvo un beneficio personal a través de una orden de servicio municipal otorgada a Herbert Hernán Jaime Arenas Román. El citado fue contratado formalmente para labores de seguridad y vigilancia, pero en la práctica cuidaba a su mascota dentro de las instalaciones del municipio. A raíz de esa decisión, se dejó sin efecto su credencial.
En su defensa, Rivera Chávez sostuvo ante el Poder Judicial que el JNE construyó la causal de vacancia sobre la base de inferencias y presunciones, sin contar con prueba directa —como un memorando, una orden escrita o una instrucción verbal acreditada— que demostrara que él dispuso personalmente dicha contratación. Entonces, denunció que se vulneraron sus derechos a la debida motivación, a la defensa y a la presunción de inocencia, además de los principios de tipicidad y proporcionalidad.
Pese a estos argumentos, el magistrado recordó que, conforme a la jurisprudencia del Tribunal Constitucional, la prueba indiciaria (indicios) es un mecanismo legítimo para acreditar hechos, siempre que estén debidamente probados y permitan, mediante un razonamiento lógico, arribar a una conclusión razonable.
En esa línea, consideró razonable que el JNE infiriera responsabilidad del exalcalde a partir de hechos objetivos no cuestionados por la propia defensa: la mascota era de su propiedad, permaneció dentro del municipio y fue cuidada por una persona contratada por la entidad edil, por lo que no resultaría arbitrario sostener que el exalcalde tuvo conocimiento de la situación.
DATO
Victor Hugo Rivera Chávez también inició un proceso de amparo ante el Tribunal Constitucional para volver al cargo.






