agosto 20, 2026
OMAR CANDIA2214

La resolución de la Corte Superior de Justicia, fue dada el 20 de julio.

El exalcalde provincial de Arequipa, Omar Candia Aguilar, fue declarado responsable del delito de nombramiento ilegal de cargo público por la designación de once funcionarios que no cumplían los requisitos establecidos por la comuna. El juzgado le impuso 60 días-multa y una reparación civil de S/ 18 mil. Candia anunció que apelará la decisión judicial.

La Corte Superior de Justicia de Arequipa declaró responsable a Omar Julio Candia Aguilar, exalcalde de la Municipalidad Provincial de Arequipa, como autor directo del delito de nombramiento ilegal de cargo público. La resolución, concluyó que el exburgomaestre incorporó a once funcionarios de confianza en el año 2019 sin que estos reunieran los requisitos académicos mínimos que establece el Manual de Organización y Funciones (MOF) de la entidad.

El juez Erick Pinto Llerena, titular del Cuarto Juzgado Penal Unipersonal, fue el encargado de la disposición. Según el expediente, Candia firmó resoluciones de alcaldía que colocaron en gerencias y subgerencias a personas cuya formación no guardaba relación con el puesto. Pues como detalló el juzgado, en diversos casos, el MOF exigía títulos en economía, ingeniería o carreras afines. Perfiles que ninguno de los designados acreditó.

Hubo dolo en Candia

La Fiscalía sostuvo que el dolo quedó demostrado con un hecho concreto. Ya que en mayo de 2019, el Órgano de Control Institucional remitió al despacho de alcaldía el Informe de Visita de Control N° 012-2019, advirtiendo específicamente, que los funcionarios no cumplían los perfiles. Pese a esa notificación, Candia no los retiró. En algunos casos los mantuvo en sus puestos y en otros los rotó a áreas donde la incompatibilidad era todavía más notoria. Para el Ministerio Público, esa persistencia tras la advertencia oficial configuró la intención delictiva.

La defensa del exalcalde se apoyó en dos argumentos centrales. Primero, el llamado principio de confianza. Candia sostuvo que la Ley Orgánica de Municipalidades encarga al gerente municipal la evaluación de los currículos y que el alcalde solo formaliza la resolución final. El mismo Candia, consultado por Evidencia.pe sostuvo que “el alcalde no puede ser responsable de todo». 

La resolución de la Corte Superior de Justicia alcanzo a más funcionarios.

Como segundo punto, la defensa citó una lectura literal del MOF. Los requisitos incluyen la frase «o grado académico», y la defensa interpretó que cualquier bachillerato, maestría o doctorado, sin importar la especialidad, bastaba para cumplir la exigencia. «El juez no puede diferenciar donde la ley no diferencia», insistió Candia.

Sin embargo, el magistrado desestimó ambas posturas. Sobre el principio de confianza, señaló que este se quiebra cuando existe una advertencia formal del órgano de control y el titular del pliego decide ignorarla. Sobre la conjunción «o», el fallo precisó, apoyándose en un informe técnico de la propia Subgerencia de Racionalización municipal y en directivas de SERVIR. Pues el grado académico alternativo debe ser concordante con la función del cargo.

Sanción insuficiente

En cuanto a la sanción, el juzgado impuso 60 días-multa, equivalentes a 3.500 soles, calculados sobre la base del ingreso mensual declarado por Candia. No hay pena de cárcel porque la norma vigente al momento de los hechos, en 2019, sólo contemplaba sanción pecuniaria para este delito. 

Además, se fijó una reparación civil de 18 mil soles a favor de la comuna provincial. Monto que el exalcalde deberá asumir junto a seis de los funcionarios designados que aceptaron los cargos. El juez consideró que esas designaciones generaron un daño a la imagen institucional. Acciones evidenciadas por la cobertura de medios locales que calificaron los nombramientos como «premios de campaña».

«Chatito» apelará

Por su cuenta, Candia adelantó que apelará la decisión. «La pena es simbólica, pero por más que sea simbólica, no podemos aceptar un acto arbitrario», afirmó. El exalcalde calificó la sentencia como un «nefasto precedente» que podría afectar a todas las municipalidades del país y anunció que, de ser necesario, llevará el caso hasta la Corte Suprema y el Tribunal Constitucional. También cuestionó que tanto la Contraloría como el juzgador desconocen, a su juicio, la lógica interna de la gestión pública.

Cabe precisar que el proceso también alcanzó a Juan Carlos Callacondo Velarde, condenado por aceptación ilegal de cargo, y a Tomás Job Delgado Zúñiga, exsecretario general, quien fue absuelto al considerarse que su intervención fue meramente administrativa y careció de intención delictiva.

DATO

Omar Candia fue alcalde de Selva Alegre del 2011 al 2018 y alcalde provincial entre 2019 y 2022.

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