El Jurado Nacional de Elecciones declaró infundada la vacancia contra el alcalde de Socabaya, Roberto Muñoz Pinto, investigado por presunto conflicto de interés en contrataciones municipales vinculadas a una empresa cercana a su entorno.
El Jurado Nacional de Elecciones puso fin al proceso de vacancia contra el alcalde de Socabaya, Roberto Muñoz Pinto, al declarar infundada la solicitud presentada en su contra por presuntas irregularidades en contrataciones municipales.
La decisión del máximo organismo electoral se dio tras evaluar el expediente JNE.2025025717, que fue impulsado por la regidora Magaly Agramonte, quien cuestionó la contratación de una empresa vinculada a una persona del entorno cercano del burgomaestre.
El caso se centró en la empresa Financiera IM Constructora EIRL, que según la denuncia habría mantenido múltiples contratos con la Municipalidad Distrital de Socabaya por montos que oscilarían entre S/2.2 y S/2.7 millones, de acuerdo con la documentación presentada.
Los denunciantes señalaron además la existencia de un presunto vínculo amical entre el alcalde y la representante de la empresa proveedora, el cual estaría respaldado con fotografías de campaña del año 2022, lo que generó observaciones sobre un posible conflicto de interés en la contratación pública.
La defensa del alcalde sostuvo durante el proceso que no se configuraban los elementos necesarios para una causal de vacancia, cuestionando la interpretación de los hechos y la falta de pruebas concluyentes.
En primera instancia, la regidora Agramonte presentó el pedido de vacancia ante el Concejo Municipal de Socabaya, el cual evaluó el expediente y decidió rechazarlo, declarándolo improcedente. Tras ello, la solicitante apeló la decisión, elevando el caso al Jurado Nacional de Elecciones.
Tras la evaluación de los argumentos de ambas partes, el JNE determinó declarar infundada la vacancia, ratificando la permanencia de Roberto Muñoz en el cargo de alcalde de Socabaya y dando por cerrado el proceso.
Dato
El artículo 22 de la Ley Orgánica de Municipalidades establece que una autoridad edil puede ser vacada si se acredita conflicto de interés en contrataciones con personas vinculadas a su entorno directo.









