Presunto incumplimiento en segunda entrega de cuentas, no es real, la Oficina Nacional de Procesos Electorales aclaró que el plazo es de 15 días hábiles hasta que se declare concluido el proceso electoral 2026.

Presunto incumplimiento en segunda entrega de cuentas, no es real, la Oficina Nacional de Procesos Electorales aclaró que el plazo es de 15 días hábiles hasta que se declare concluido el proceso electoral 2026.
La Oficina Nacional de Procesos Electorales (ONPE) aclaró que ningún candidato está en falta por la segunda entrega de rendición de cuentas de campaña. El plazo para presentar este informe financiero solo inicia cuando se publique en El Diario Oficial el Peruano la resolución que declara concluido el proceso electoral 2026, hecho que hasta el momento no ha ocurrido.
La normativa electoral exige dos reportes financieros obligatorios para organizaciones políticas y candidatos. El primero abarca desde la convocatoria (26 de marzo de 2025) hasta 30 días antes de la elección definitiva, con la primera fecha límite de presentación el 20 de marzo de 2026, aunque luego se amplió hasta el 27 de marzo de este año. La segunda entrega cubre desde ese corte hasta el cierre oficial de las elecciones generales.
Por este motivo, acusaciones señalando que diversos candidatos no habrían cumplido con esta segunda etapa, no tienen sentido ya que la ONPE desmintió esta información y precisó que el reporte final debe presentarse en máximo 15 días hábiles, contados desde la publicación del cierre electoral en El Peruano, hito que aún no se ha dado y que hace imposible hablar de incumplimiento.
Para facilitar el cumplimiento, el ente habilitó el portal digital CLARIDAD y mesas de partes físicas a nivel nacional. Recordó que el incumplimiento de la rendición de cuentas constituye una infracción muy grave, con multas de hasta 100 UIT para las organizaciones políticas y hasta 5 UIT para candidatos, más la pérdida del financiamiento público directo que otorga el Estado peruano.
DATO
El portal CLARIDAD permite la consulta pública de los informes una vez verificados.
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