septiembre 12, 2026
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El Congreso se rige bajo reglamentos y excesos pueden denunciarse ante la Comisión de Ética.

Aunque tienen amplias facultades de control político en el sector público, los congresistas no pueden atribuirse funciones que linden contra los derechos de ciudadanos. Especialistas advierten que deben sujetarse a la Constitución, sus reglamentos y el debido proceso, para no caer en el figuretismo y abuso de poder.

Las facultades de un congresista terminan cuando empiezan los derechos de una persona. Esto parecen obviar algunos legisladores que fueron cuestionados estos últimos días por sus acciones. Aunque esto alegan que son parte de sus funciones fiscalizadoras, lo cierto es que no es así.

Con la vuelta al sistema bicameral, diputados como senadores tienen reglamentos que definen la organización y funcionamiento de cada cámara. Además, establecen sus derechos y deberes, y regula los procedimientos parlamentarios. Estos están establecidos en las resoluciones 005-2025-2026-CR y 006-2025-2026-CR.

Competencias

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En materia legislativa, los diputados tendrán la responsabilidad de presentar, debatir y aprobar las proposiciones de ley. Además de interpretar, modificar o derogar las normas vigentes que serán remitidas al Senado.

Otra de sus principales atribuciones, es la de control político, que implica diversos mecanismos de fiscalización. Por ejemplo, la interpelación y censura de ministros, la invitación a miembros del Ejecutivo para informar ante la cámara, la formulación de pedidos de información.

Asimismo, la conformación de comisiones investigadoras y la citación obligatoria de gobernadores regionales cuando corresponda. También incluirá la admisión, investigación y formulación de acusaciones constitucionales.

Diputados ejercen fiscalización y control de las instituciones públicas.

En cuanto al Senado, tendrá a su cargo la revisión, debate, aprobación, modificación o rechazo de las propuestas legislativas que remita la Cámara de Diputados.

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En cuanto al control político, tiene potestad sobre los actos del Poder Ejecutivo y de la Administración Pública, En esa línea, los senadores podrán solicitar información e invitar para que se informe sobre asuntos de interés público.

Del mismo modo, el Senado supervisará actos normativos del Ejecutivo y debatirá acusaciones constitucionales formuladas por la Cámara de Diputados.

En ambos casos, tienen la función de representación. Donde se debe mantener un vínculo permanente con la población, recogiendo sus demandas, preocupaciones y expectativas sobre los asuntos de interés público.

Todo tiene un límite

El Senado es denominado la cámara pensante y revisa las normas aprobados por Diputados.

Ahondando más en su labor fiscalizadora, que es el meollo del asunto. El especialista en derecho parlamentario, Jorge Luis Mamani, precisa que un congresista puede realizar el seguimiento a proyectos, planes, programas de inversión y políticas públicas que se encaminan por parte del Poder Ejecutivo, tanto el nacional central como los regionales y los locales. Y control político en cuanto al tema de interpelación, preguntar, consultar, a las autoridades del sector público.

Dentro de las facultades está hacer seguimiento, monitoreo, inspeccionar y pedir información. “La Constitución y reglamento del Congreso, tanto del Senado como Diputados, faculta a que pidan información a cualquier entidad pública sobre asuntos de interés público”, refiere.

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Pero, ¿que se considera interés público? El especialista señala que hay normas o sentencias judiciales o constitucionales que lo establecen. “Hay que ver también la proporcionalidad y el principio de razonabilidad, hasta donde uno podría. Porque donde los derechos de un senador o diputado terminan cuando empieza el derecho de algún ciudadano”, sostiene.

En esa línea, el abogado José Arce, señala que el límite de cualquier persona, institución pública o funcionario público es la Constitución del Perú. “Los congresistas tienen una función legisladora, fiscalizadora y de control de las instituciones públicas”, hizo hincapié.

Además, el letrado indicó que cuando un parlamentario investiga o es encargado para indagar y emitir informe sobre un caso, siempre debe hacerlo bajo los canales correspondientes, incluso cuando se trata de una inspección inopinada. De lo contrario, es un abuso de poder. “En lo administrativo existe un debido proceso, como en lo jurisdiccional, bien estricto que hay que respetar”, mencionó.

Un error común es que los congresistas no diferencian y olvidan que no son fiscales. “En las cuestiones que lindan con la comisión de delitos, la Constitución le entrega el monopolio a la Fiscalía y en cuestiones de carácter político, los congresistas tienen esta facultad constitucional”, precisa Arce.

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Así como cualquier ciudadano, el congresista no está exento de ser denunciado y más aún cuando es por excesos respecto a sus funciones. Puede recurrirse a la Comisión de Ética e incluso a la Fiscalía de la Nación.

Figuretismo y desconocimiento

A opinión del politólogo Oswaldo Ancalle, algunos representantes elegidos por la población, descuidan sus funciones de fiscalización y legislación por el afán de tener protagonismo. “Parece que no cumplen muy bien sus funciones y no hacen pertinentemente para lo que se les ha elegido, mezclando temas ideológicos con temas de función y las facultades que se les da para la fiscalización”, manifestó.

Asimismo, Ancalle refiere que algunos legisladores tienen una falta de conocimiento sobre sus reglamentos y el aspecto jurídico. “Me parece que lo que están haciendo es completamente alejado del criterio, de la coherencia y también alejado de la ley”, sostuvo en relación a los últimos hechos acontecidos.

CIFRA

S/ 11 mil por concepto de «asignación para la función congresal», recibe cada congresista al mes para cubrir actividades de labor de representación, fiscalización y despacho.

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