La Fiscalía Ciberdelincuencia de Arequipa logró condenar a un joven de 19 años por contactar a una menor de 12 años mediante WhatsApp con fines sexuales. Recibió 4 años y 8 meses de pena, convertida en servicios comunitarios.
La Fiscalía Provincial Transitoria Especializada en Ciberdelincuencia de Arequipa obtuvo una sentencia condenatoria contra Benji C. (19), tras ser hallado responsable del delito de proposiciones a menor con fines sexuales en agravio de una adolescente de 12 años. El caso fue sustentado con evidencia digital que permitió acreditar la conducta reiterativa del imputado a través de medios tecnológicos.
Según la investigación dirigida por el fiscal adjunto provincial Edder Yafet Salas Flores, el joven consiguió el número de teléfono de la menor mediante terceros. Posteriormente, inició contacto utilizando la aplicación de mensajería WhatsApp, desde donde le envió mensajes de forma insistente proponiéndole consumir bebidas alcohólicas y mantener relaciones sexuales.
Durante el juicio oral, el representante del Ministerio Público demostró que las propuestas de carácter sexual no fueron un hecho aislado, sino reiterado en el tiempo, configurando un delito continuado. Las conversaciones digitales presentadas como prueba fueron determinantes para sustentar la acusación. Frente a estos elementos, el imputado optó por reconocer su responsabilidad penal.
Un aspecto clave en este caso fue la intervención de la madre de la menor, quien al revisar la actividad digital de su hija detectó los mensajes y decidió denunciar los hechos, permitiendo así que las autoridades activen el proceso de investigación correspondiente.
Como resultado del proceso, se le impuso una pena de 4 años y 8 meses de privación de libertad efectiva, la cual fue convertida en prestación de servicios comunitarios. Además, el sentenciado fue inhabilitado de manera definitiva para trabajar en instituciones educativas y tiene prohibido acercarse o comunicarse con la víctima bajo cualquier circunstancia.
Asimismo, se dispuso el pago de una reparación civil de 4,000 soles a favor de la menor agraviada. De acuerdo con lo establecido en la Ley de Delitos Informáticos, Ley 30096, el solo hecho de contactar a una persona menor de edad mediante medios digitales para proponer actos de connotación sexual constituye delito, independientemente de que se concrete o no un encuentro físico.
Dato
La región Arequipa se ubica como la tercera con mayor incidencia de ciberdelitos en el país, solo detrás de Lima y La Libertad, con un crecimiento sostenido de denuncias en los últimos años. Entre los casos más frecuentes figuran el grooming (acoso sexual a menores), la suplantación de identidad y delitos cometidos a través de aplicaciones como WhatsApp.









