Las candidaturas de Alfredo Zegarra y Manuel Vera por Fuerza Arequipeña enfrentan incertidumbre legal debido a contradicciones en el estatuto del movimiento con las nuevas disposiciones de las leyes de Elecciones y de Organizaciones Políticas, lo que podría derivar en su exclusión del proceso de Elecciones Regionales y Municipales 2026. Mientras Zegarra no cumple el año de afiliación, Vera Paredes ni siquiera está inscrito en una organización política.
Alfredo Zegarra Tejada y Manuel Vera Paredes son virtuales candidatos para gobernador y alcalde provincial por el movimiento regional Fuerza Arequipeña. Sin embargo, su inscripción en junio, ante el Jurado Nacional de Elecciones (JNE), está aún en duda. Todo por deficiencias en el Estatuto de la organización política, que contradicen las últimas disposiciones de la Ley de Organizaciones Políticas y la Ley Orgánica de Elecciones. Aunque Marco Falconí, dueño de la “Casita”, asegura que tiene todo calculado, el especialista en derecho electoral, Jorge Luis Mamani, advierte que nada está dicho y el JNE podría retirar a estos dos candidatos de la contienda incluso antes de siquiera empezar la campaña electoral con miras al 4 de octubre.
Normas modificadas


De acuerdo con la Ley de Organizaciones Políticas, en su artículo 24-A se advierte que: “Solo el afiliado que tenga como mínimo un año de afiliación a la fecha límite de la convocatoria a elecciones generales puede postular para ser candidato en una elección primaria. El incumplimiento de esta exigencia invalida la candidatura individual». Además indica que las organizaciones políticas pueden establecer mayores requisitos a los señalados en dicha disposición.
Ahora, de acuerdo con el propio cronograma publicado por el Jurado Nacional de Elecciones, la última fecha para que un aspirante a candidato pudiera inscribirse en una organización política para participar en las Elecciones Regionales y Municipales 2026, era el 7 de octubre del 2025. Sin embargo, y como suele suceder en el país, el JNE amplió el plazo hasta el 7 de enero de este año.
Pero eso no es todo. En junio del 2024 se publicó una disposición transitoria que suspendía los efectos del artículo 24-A de la Ley de Organizaciones Políticas. Este advierte: “Por excepción, para las Elecciones Regionales y Municipales 2026 se exceptúa lo dispuesto en los literales c), d) y e) del numeral 23.1 del artículo 23, 24-A y 24-B de la Ley 28094, Ley de Organizaciones Políticas, respecto al porcentaje de libre designación, pudiendo ser designados hasta el 30% del total de candidatos a los consejos regionales y municipales entre los afiliados o no afiliados por el órgano de la organización política que disponga el estatuto, porcentaje que incluye a las candidaturas de alcalde, gobernador y vicegobernadores”.
Ante estos cambios, el JNE puso como plazo máximo para que las organizaciones políticas adecúen sus estatutos y reglamentos a las nuevas reglas de juego el 7 de febrero de 2026; esto porque, explica Jorge Luis Mamani, los estatutos debían regir los procesos de elecciones primarias. “Así no hayan logrado cambiarlos, la Oficina Nacional de Procesos Electorales (ONPE) debe hacer valer los estatutos como tal”, añade el especialista.
El estatuto vale

Es por este motivo que Fuerza Arequipeña solicitó la modificación de sus estatutos ante el JNE. Un proceso que la semana pasada se dio a conocer que fue declarado improcedente por el máximo órgano electoral debido a problemas de contradicciones entre el estatuto y el reglamento de elecciones internas de la “Casita”. Sobre todo en la modalidad de elecciones: mientras el Estatuto señala que la modalidad la elige el Consejo Regional o el Comité Ejecutivo Regional; el reglamento de elecciones señala que debe realizarse por delegados.
Una contradicción que no pasa desapercibida, pues de equivocarse en las próxima elecciones primarias, el proceso al interior de Fuerza Arequipeña quedaría anulado y por tanto todos los candidatos quedarían fuera del proceso.
Pero eso no es lo único, de acuerdo con Mamani, el Estatuto de Fuerza Arequipeña es el único que vale para las elecciones primarias. Esto porque, aunque la disposición transitoria de la Ley de Organizaciones Políticas dispone “hasta 30 % de candidatos designados”, ya sea para consejeros, regidores, gobernadores y alcaldes. Y esto puede ser o no asumido por las organizaciones políticas, y todo debió quedar plasmado hasta el 7 de febrero en sus estatutos.
“La palabra clave es el ‘hasta’. Puede ser menos de 30 % de designados o ninguno. Al no haber logrado la aprobación de su nuevo Estatuto, Fuerza Arequipeña debe realizar el proceso interno con sus propias reglas”, explica nuevamente Jorge Luis Mamani.
Esto significa que se debe aplicar el artículo 59 del estatuto de la “Casita”. El mismo que señala que para ser candidato para gobernador o alcalde se debe ser afiliado con un año como máximo antes del proceso electoral. Es decir, que sus candidatos debieron afiliarse como máximo el 7 de octubre del 2025.
En la cuerda floja

Con esto en mente, es menester advertir que Alfredo Zegarra logró inscribirse a la “Casita” recién el 10 de diciembre del 2025, mientras que Manuel Vera Paredes ni siquiera está inscrito a alguna organización política; menos a Fuerza Arequipeña.
De acuerdo con la norma electoral, Zegarra aún tendría posibilidades de postular para gobernador, como así lo confirmó Marco Falconí, pero siendo válido su Estatuto, Zegarra no cumple con la condición de 1 año como mínimo de afiliación.

En tanto, Manuel Vera Paredes, de acuerdo al Estatuto de Fuerza Arequipeña, ni siquiera podría postular como alcalde provincial debido a que no está afiliado. A lo mucho podría aspirar a ser regidor o consejero regional.
“En caso de que se postulen, la ONPE debería impedir o tacharlos en las elecciones primarias. Pero en caso se permita su participación, cualquier ciudadano podría presentar una tacha o un recurso impugnatorio para advertir la contradicción entre el Estatuto y la norma electoral”, advierte Jorge Luis Mamani.
Defiende a sus candidatos

Sin embargo, para Falconí Picardo la situación no es tan riesgosa. “En caso se presente alguna tacha nosotros alegamos que está por encima la norma de mayor rango, y en este caso es la Ley de Organizaciones Políticas y sus disposiciones transitorias”, explicó el líder político de la “Casita”.
Según Falconi, será el JNE el que deberá interpretar la normativa llegado el momento y confía en que dé un veredicto favorable para sus candidatos. “No tiene importancia lo que diga nadie ni yo. Yo tengo el tema claro y no tenemos ningún problema”, sentenció. Además, alegó que sobre todo debe primar el derecho a participación política de los ciudadanos.

Finalmente, acusó al movimiento regional Arequipa Avancemos (El pollo) de interponer medidas para buscar sacarlos de la competencia electoral antes de tiempo. Esto en referencia a un petitorio ingresado ante la ONPE y que pide el impedimento de ejecución de Elecciones Primarias del movimiento Fuerza Arequipeña con la participación de candidatos que no cumplen su Estatuto y Reglamento Electoral. El mismo que fue interpuesto por el ciudadano Gerónimo Yapu Chaiña. “Ese señor es correligionario de los Pollos. Pero no le damos importancia”, aseveró Falconí, descalificando la postura y el pedido.
DATO
Marco Falconí confirmó que Alfredo Zegarra es su único candidato para el gobierno regional.
DATO
Según el líder de la “Casita” para la alcaldía provincial hay dos listas al interior de la organización política.
CIFRA
20 % de designados es lo que señala el Estatuto de Fuerza Arequipeña.









