Los contratos ley firmados para la explotación del gas de Camisea garantizaron estabilidad a inversionistas, pero también abrieron un debate sobre soberanía energética, masificación del gas y el modelo económico que prioriza exportaciones sobre el consumo interno.
Por Arturo Salas Vildoso. Abogado y Analista Politico
Históricamente, el Perú siempre fue un principal exportador de materias primas; alguna vez fuimos caucheros, guaneros y salitreros. Nuestra economía siempre se ha basado en la exportación de recursos geológicos y naturales, dadas las ventajas comparativas, la inversión extranjera, la alta demanda global, los tratados de libre comercio y, desde 1993, los llamados contratos ley.
Los contratos ley relacionados con el gas de Camisea, suscritos a inicios del año 2000, ofrecían a sus inversores estabilidad jurídica y tributaria, que en palabras simples podemos definir como paraísos fiscales, limitando la capacidad del Estado peruano para modificar regalías o, básicamente, priorizar el consumo interno frente a la exportación. La Constitución fujimorista ha facilitado la inversión extranjera, pero ha limitado nuestra soberanía energética.
Pero, ¿qué son los contratos ley? En palabras simples los podemos definir como aquellos contratos que tienen rango constitucional y que no pueden ser modificados por leyes futuras, lo que garantiza sus reglas de juego originales. Esta situación implica que el Estado peruano no los puede modificar ni dejar sin efecto de manera unilateral, pues a partir de su suscripción el Estado deja de ser el dueño del recurso natural; y es a partir de allí que son criticados por limitar la soberanía nacional. Solo con la promulgación de una nueva Constitución podrían cuestionarse, modificarse o resolverse; es decir, dejarlos sin efecto.
El gas de Camisea nace de las entrañas del Perú; se encuentra en la provincia de La Convención, distrito de Megantoni (zona del Bajo Urubamba), en el departamento del Cuzco, pero en esencia le pertenece a cualquiera, menos a los peruanos. Por eso su masificación en territorio nacional no es la prioridad; lo importante es transportarlo desde la selva del Cuzco hasta la costa (Pisco/Lima) a través de gasoductos, atravesando los Andes para que se lo lleven fuera de nuestras fronteras.
Con la crisis energética generada por la fuga y posterior deflagración en el sistema de transporte de Camisea, por la ruptura de una sola tubería, el país se ve envuelto en una grave racionalización del GNV que ha afectado hogares, comercios y transporte masivo. Frente a esta crisis, muchos peruanos nos preguntamos: ¿por qué, a la fecha, los gobiernos de turno no priorizan la masificación del gas como política de Estado? ¿Por qué la fuente de energía de gas natural más importante del Perú y de Latinoamérica no llega a todos los rincones de nuestro territorio?
La respuesta es clara: al modelo político económico nacional solo le importa vender, a precio de ganga, lo que es de todos. La masificación del gas no le es rentable porque no es inversión, es gasto público; y los contratos ley de la Constitución fujimorista fueron implementados sin precedente alguno para perpetuar este sistema moderno de saqueo. La pregunta cae por su propio peso: ¿estarías de acuerdo con la promulgación de una nueva Constitución para que, entre otras cosas, se dejen sin efecto los contratos ley? No nos engañemos: el orden constituido no favorece a las mayorías; por lo tanto, debe ser sometido al poder destituyente.
CITA
“El gas de Camisea nace en el Perú, pero su aprovechamiento no siempre prioriza a los peruanos”.
DATO
Camisea es una de las mayores reservas de gas natural de Latinoamérica y abastece gran parte del consumo energético del Perú.
DATO
Los contratos ley otorgan estabilidad jurídica a inversiones y no pueden modificarse con leyes posteriores.









