El JNE confirmó en segunda instancia la improcedencia de la lista al Senado por Arequipa de Demócrata Unido Perú, al verificar que el partido no subsanó observaciones dentro del plazo legal ni cumplió requisitos formales exigidos.
El Jurado Nacional de Elecciones (JNE) declaró, en segunda instancia, improcedente la inscripción de la lista de candidatos al Senado por Arequipa, presentada por el Partido Demócrata Unido Perú para las Elecciones Generales 2026. La decisión fue adoptada tras verificarse que no subsanaron observaciones dentro del plazo legal.
Primero, el Jurado Electoral Especial (JEE) Arequipa 1 declaró inadmisible la solicitud de inscripción. Por tanto, se dio un plazo de dos días calendario para corregir las observaciones detectadas. Dicho plazo vencía el 9 de enero. No obstante, el escrito de subsanación fue presentado recién el 10 de enero, fuera del término legal. Esto constituyó una causal suficiente para declarar la improcedencia de la lista.
Además del incumplimiento del plazo, la resolución detalla que varias observaciones no fueron subsanadas. Estas se relacionan con el acta de conformación de la lista resultante de las elecciones primarias. En dicho documento no se consignaron datos esenciales como el lugar y fecha de suscripción, la modalidad de elección interna, ni la información completa —nombre, DNI y firmas— de los miembros del órgano electoral partidario y de los candidatos elegidos.
En el caso del candidato Efren Cecilio Díaz Vera, el JEE Arequipa 1 observó que la huella dactilar consignada en su Declaración Jurada no fue validada ni corregida dentro del plazo concedido. Situación similar ocurrió con la candidata Georgina Victoria Ávalos de Mamani. Su Declaración Jurada de Consentimiento carecía de firma y huella dactilar, y que además no presentó su Hoja de Vida en el formato único exigido.
DATO
El caso fue apelado ante el JNE, quién el 9 de febrero realizó la audiencia pública y determinó declarar infundada la apelación.









