El umbral de representación exige cumplir dos condiciones simultáneas: porcentaje de votos y número de escaños. Mientras los partidos individuales requieren el 5%, las alianzas políticas enfrentan un requisito más exigente que se incrementa en 1%.
El umbral de representación exige cumplir dos condiciones simultáneas: porcentaje de votos y número de escaños. Mientras los partidos individuales requieren el 5%, las alianzas políticas enfrentan un requisito más exigente que se incrementa en 1%.
Aunque no se asignan a ningún candidato, los votos en blanco y nulos inciden en el cálculo de votos válidos, pueden activar la nulidad si superan los dos tercios del total emitido y alteran indirectamente la competencia presidencial y congresal
Alfonso Mamani interpuso apelación ante el JNE alegando que no tuvo conocimiento de las notificaciones con relación a las sanciones impuestas por el JEE Caylloma por publicidad estatal en periodo electoral.
Trabajadores de su despacho, exasesores y socias cercanas integran la plancha congresal ligada a Esdras Medina. Un entramado de contrataciones, campañas políticas y asociaciones inmobiliarias vuelve a poner bajo la lupa el uso del poder parlamentario con fines electorales.
El Jurado Especial de Arequipa 2 confirma que Víctor Hugo Rivera Chávez usó su cargo en día hábil para apoyar al candidato César Acuña Peralta de Alianza para el Progreso, vulnerando la ley electoral
El Jurado Electoral de Arequipa 1 suspendió por 50 días a Arequipa Ragom Encuestas por incumplir el reglamento de transparencia en la difusión de estudios de opinión durante el proceso electoral 2026.
Candidatos a diputados por Alianza Para el Progreso, Venceremos, Cívico Obras y Frente de la Esperanza difundieron propaganda electoral durante la festividad de la Virgen de la Candelaria, infringiendo normas interpuestas por el JNE.
El Jurado Nacional de Elecciones detectó que el candidato realizó actos de proselitismo en el Colegio de Ingenieros de Arequipa. Acción infringe la ley que veda usar locales profesionales para propaganda política electoral.
La resolución del Jurado Electoral Especial concluye que autoridad municipal vulneró el deber de neutralidad electoral al participar y difundir actos proselitistas a favor del partido Progresemos durante visita de candidato presidencial. El caso será remitido al Ministerio Público y a la Contraloría
José Supo, Lily Juárez y Walter Vera colocaron propaganda en postes de alumbrado público, pese a prohibición. El informe, que detalla esta presión a la norma electoral, ya está en manos del Jurado Nacional de Elecciones.