Ambos fueron hallados como responsables de la designación irregular de Julio Banda Chávez en la comuna a pesar de que no cumplía el perfil del cargo. Junto a otros exfuncionarios, tendrán que pagar una indemnización superior a los S/ 18 mil por perjuicio al Estado y a la comuna de José Luis Bustamante y Rivero.
Cuando Ronald Ibañez Barreda fue elegido como alcalde del distrito de José Luis Bustamante y por el extinto movimiento regional Arequipa Renace (2015-2018), utilizó su investidura para designar a sus allegados como funcionarios, aunque algunos no cumplían el perfil. Once años después, la justicia falló en su contra al encontrarlo responsable de nombramiento ilegal. El flamante gerente de la Municipalidad Provincial de Arequipa (MPA), Alejandro Maldonado Gutiérrez, también forma parte de este caso y debe responder de manera solidaria con la sentencia.
La sentencia N° 75-2026-2JPL, emitida en primera instancia el 12 de mayo de 2026 por el Segundo Juzgado de Paz Letrado Civil, bajo la titularidad de la magistrada Maritza Alejandra Salomón Núñez, dispuso que los mencionados, junto a otros imputados, paguen una indemnización solidaria de S/ 18 mil 232 por el grave perjuicio que ocasionaron a la comuna con esta designación irregular.
Aun con esta sentencia que lo persigue, Ronald Ibáñez Barreda tienta nuevamente la Alcaldía de José Luis Bustamante y Rivero por el movimiento regional Fuerza Arequipeña, que lleva como candidato al Gobierno Regional de Arequipa al infame exalcalde de Arequipa, Alfredo Zegarra Tejada.


Nombramiento irregular
El caso se remonta al 2015. Apenas asumió el cargo, Ibáñez Barreda solicitó y dispuso la designación de Julio Adolfo Banda Chávez en la plaza de subgerente de Fiscalización y Control, pese a que este cargo tenía naturaleza ejecutiva y no de confianza. Lo más grave es que el recomendado del entonces burgomaestre no cumplía el perfil.
En lugar de observar esta propuesta, Maldonado Gutiérrez, quien ocupaba el cargo de gerente de Asesoría Legal, emitió opinión favorable mediante el Informe Legal N° 053-2015-GAL/MDJLBYR para la designación sin advertir el incumplimiento de los requisitos. Así, mediante la Resolución de Alcaldía N° 154-2015-MDJLBYR, de fecha 24 de febrero de 2015, el exburgomaestre oficializó su designación en la plaza propuesta.
No obstante, según el Manual de Organización y Funciones (MOF) de la comuna, el puesto de subgerente de Fiscalización y Control requería un profesional colegiado y habilitado de economista, licenciado en Administración, contador público, ingeniero industrial u otra similar al cargo. Es decir, se trataba de una plaza de carrera.
Ahora bien, el recomendado de la exautoridad municipal solo tenía instrucción superior incompleta, sin registrar título profesional y/o académico de bachiller a nombre de Sunedu. El documento también señala que Banda Chávez no ocupó el cargo por mucho tiempo, pues fue rotado a otra oficina pero con el mismo sueldo de subgerente.

Más responsables
Precisamente, Néstor Heladio Sotomayor Huaypuna, exgerente de Administración; y María de los Angeles Arispe del Carpio; exsubgerente de Personal también participaron en este esquema. El primero dispuso el desplazamiento de Banda Chávez hacia el Área de Transportes y Mantenimiento, a fin de evitar que se encargara de una plaza para la que no tenía experiencia.
Lo sorprendente es que esta área ni siquiera existía en los documentos de gestión (CAP y PAP) de la municipalidad en ese momento, y sus funciones ya eran cubiertas por personal permanente. En tanto, Arispe del Carpio formalizó la rotación y, lo más grave, autorizó el pago de las remuneraciones como subgerente durante cinco meses (febrero a junio de 2015), fecha en la que culminó su vínculo con la institución.

El Juzgado determinó que el daño económico real causado a la municipalidad asciende a S/ 18 mil 232.50. Esta cifra representa el total de sueldos percibidos indebidamente por el denunciado y constituye un daño emergente que debe ser resarcido al Estado. La sentencia aclara que, aunque no hubo intención deliberada de dolo, la negligencia de los funcionarios fue de tal magnitud que califica como responsabilidad contractual.
Ronald Ibáñez, Alejandro Maldonado, Néstor Sotomayor, María Arispe y Julio Banda fueron declarados responsables civiles de este perjuicio patrimonial. El fallo ordena el pago solidario de la suma de S/ 18 mil 232.50 a favor de la Municipalidad Distrital de José Luis Bustamante y Rivero. Esto significa que la entidad demandante puede exigir el pago total de la deuda a cualquiera de los cinco condenados o a todos en conjunto.
ara Ronald Ibáñez y Alejandro Maldonado, este fallo representa una mancha imborrable en su trayectoria pública. Aunque este último parece haber perdido la vergüenza, pues hasta el momento adeuda más de S/ 7 mil por papeletas impagas que le pusieron por cometer graves infracciones de tránsito.
CIFRA
S/ 18 mil de indemnización deberán pagar los sentenciados por esta designación irregular.
DATO
Ambos trataron de deslindar responsabilidades durante el proceso, pero el Poder Judicial los halló culpables.








