octubre 27, 2026
Sendero luminoso rospigliosi

Ya han pasado 42 años y los familiares de las víctimas de Sendero Luminoso siguen esperando justicia.

Miembros de la cúpula de la organización terrorista Sendero Luminoso intentaron beneficiarse de la Ley 32107 que delimita los delitos de lesa humanidad. La norma, promovida por el nefasto Fernando Rospigliosi, buscaba salvar a miembros de la Policía y las Fuerzas Armadas de sus delitos, pero ahora podría volverse en favor de subversivos.

Un grupo de miembros de la cúpula de Sendero Luminoso, la organización terrorista que devastó el país en los años 80’s y 90’s con crímenes atroces, intentó aplicar a su beneficio la Ley 32107. Esta norma, promovida por el ahora senador Fernando Rospigliosi, delimita los delitos de lesa humanidad y establece la competencia para perseguirlos recién desde 2002, buscando el archivo o prescripción de los procesos que iniciaron anteriormente. Aunque Rospigliosi y los partidos de derecha promovieron la norma pensando en librar de la justicia a miembros de la Policía y las Fuerzas Armadas que cometieron delitos de lesa humanidad durante la lucha contra Sendero Luminoso, era solo cuestión de tiempo para que estos últimos intentaran también beneficiarse.

Sendero al acecho

“Antes éramos felices, pero todo cambió y ya nada volvió a ser como antes” recuerda la hija de una de las víctimas de Soras.

La semana pasado, la Tercera Sala Penal Superior Nacional Liquidadora Transitoria decidió por mayoría no aplicar la Ley 32107 en el emblemático «caso Soras». Este involucra a reos en cárcel como Elena Iparraguirre, Óscar Ramírez Durand, Laura Zambrano, Osmán Morote, Margot Liendo, además del reo ausente Víctor Quispe Palomino y el reo libre Casiano Tomateo. A todos se les procesa por la brutal matanza de más de ochenta campesinos en julio de 1984 en el distrito de Soras, provincia ayacuchana de Sucre. La masacre fue ejecutada con alevosía y extrema crueldad por la organización terrorista que encabezó Abimael Guzmán, un hecho lamentable que la justicia peruana se niega a dejar impune mediante leguleyadas, promovidas por grupos de derecha que se adjudican la defensa del país durante la época de Sendero.

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Para frenar este intento de archivar el expediente, los magistrados Daniel Cerna Salazar, Reli Callata Vega y Helbert Llerena Lezama recurrieron al control convencional y difuso. El colegiado remarcó que las leyes internas no pueden sobreponerse a las normas internacionales ni a los fallos de la Corte Interamericana de Derechos Humanos. “La ley pretende instaurar una barrera de impunidad para crímenes que por su naturaleza atroz no admiten límite temporal para su persecución”, precisó el tribunal durante la lectura de la resolución.

Contra la impunidad

Analistas de la política nacional respaldaron la postura de la sala al considerar que el respeto a la justicia es la verdadera base de la democracia. “La defensa de los derechos humanos prevalece sobre estas leyes. De manera que se está cuidando la vida de la gente y están desautorizando a un grupo que con esta ley quería lograr la impunidad”, expresó el excongresista Yonhy Lescano.

El excongresista Yonhy Lescano señaló que la norma busca beneficiar a procesados por graves delitos. 

Asimismo, Lescano apuntó al trasfondo político que rodeó la aprobación de la Ley 32107 en el Congreso, señalando que la democracia se debilita cuando se crean normas con nombres y apellidos. “Si no hay justicia, no hay democracia… Esta ley ha sido creada para beneficiar de alguna forma a personas que han incurrido en delitos. El Poder Judicial tiene la facultad del control difuso para declarar inaplicable una ley por ser inconstitucional; eso está en la Constitución y debe prevalecer frente a normas que atentan contra la vida”, agregó el exparlamentario.

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Por su parte, la comunidad jurídica destacó el rol independiente que demostró el Poder Judicial con respecto a este caso. El decano del Colegio de Abogados de Arequipa, Jorge Sumari, remarcó la autonomía demostrada por la Sala Penal. “El Poder Judicial conserva su independencia, su autonomía y no hace distinción; simplemente aplica a cada caso concreto”, dijo. Además destacó que, a pesar de los retrasos, el Poder Judicial se encuentra respondiendo de manera adecuada.

El futuro del proceso en la Corte Suprema

Tanto Sumari como Arce, calificaron de “correcta” la decisión del Poder Judicial.

Respecto al camino legal que le depara a este proceso tras el rechazo del recurso presentado por la cúpula senderista, el abogado José Arce explicó las alternativas que se abren ahora en la vía judicial. “En la Corte Suprema tienen tres escenarios: declarar nula la resolución pidiendo mejores argumentos, confirmarla si coinciden con el fallo, o revocarla”, explicó. En esa línea también mencionó la certeza de que el caso llegue hasta el Tribunal Constitucional, dado que las partes continuarán apelando. 

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Con la aplicación directa del control difuso, el Poder Judicial reafirmó su deber constitucional de anteponer la defensa de la vida y la Constitución por encima de leyes cuestionadas que busquen la impunidad. Al disponer la continuación del proceso en el “caso Soras”, los jueces enviaron un mensaje claro a todo el país: ninguna ley aprobada en el papel puede pisotear el derecho a la verdad ni borrar el clamor de justicia para los familiares de los más de 80 campesinos asesinados en Ayacucho.

DATO

La Tercera Sala Penal Superior Nacional declaró inaplicable la Ley 32107 en el juicio del ‘caso El Frontón’, que involucra a miembros de las Fuerzas Armadas.

DATO

En agosto de este año, Fernando Rospigliosi denunció ante la JNJ a tres jueces de la Corte Superior Nacional y pidió su destitución por inaplicar la Ley 32107 en una sentencia por el caso Castro Castro (1992).

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