julio 9, 2026
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Polanco Chambi abusó psicológicamente contra su esposa y la dejó traumatizada.

El Juzgado de Familia ordenó terapia psicológica obligatoria y prohibición de cometer actos de violencia contra su esposa, para Fernando Polanco Chambi. La resolución también señala a su hija como víctima indirecta de las presuntas agresiones.

Tras ser denunciado por violencia psicológica, el 11° Juzgado de Familia Sub Especializado en Violencia contra la Mujer e Integrantes del Grupo Familiar, a cargo de la magistrada Gloria Pari Valencia, dictó medidas de protección contra Fernando Rufino Polanco Chambi, director de la Unidad de Gestión Educativa Local (UGEL) Arequipa Sur.

Según el expediente N° 02918-2026-0-0401-JR-FT-11, su pareja alegó haber sido víctima de violencia psicológica. En febrero de 2026, el acusado le imputó, con ofensas y amenazas, infidelidades a la víctima. Incluso, un informe psicológico concluyó que la denunciante presenta indicadores de afectación emocional vinculados a hechos de violencia sostenidos en el tiempo.

«Me trataba como una cualquiera. Me dice enferma, que soy pecadora, que hago mal las cosas, que así Dios me castiga. He estado 7 días sin poder comer, sin poder dormir, temblaba, hasta ahora tiemblo mucho, estoy muy asustada, tengo miedo de que me quiera hacer algo (…) Grita. Dice que tiene amistades, si hago algo me va a destruir, me tiene en zozobra», reza en el expediente al que accedió Evidencia.pe.

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El documento también identifica a la hija de ambos como víctima indirecta de la situación. Motivo por el cual la jueza dispuso medidas de protección adicionales a su favor, entre ellas la prohibición expresa al denunciado de generar discusiones o actos de violencia en su presencia.

En cuanto al funcionario, el Juzgado dispuso ejercer actos de violencia psicológica, incluyendo insultos, humillaciones o amenazas. Esto bajo apercibimiento de ser denunciado por el delito de desobediencia a la autoridad en caso de incumplimiento. 

DATO

Se ordenó que ambas partes reciban terapia psicológica en un centro de salud estatal, de carácter obligatorio para el denunciado y voluntario para la parte agraviada.

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