Víctor Hugo Rivera Chávez y José Augusto Arce Paredes enfrentan una acusación penal por negociación incompatible. La Fiscalía postula más de 4 años de prisión efectiva para ambos por la contratación de Hernán Arenas Román. Quien además de no contar con licencia vigente para portar armas, no cumplió con las funciones para las que fue …
Inicia juicio oral contra Rivera y Arce por el caso “Flechita”

El vacado alcalde de Arequipa, Víctor Hugo Rivera Chávez, se sentará en el sillón de los acusados junto con su exgerente municipal Augusto Arce Paredes. Y es que el Segundo Juzgado Penal Especializado en Delitos de Corrupción de Funcionarios logró el inicio formal al juicio oral en su contra. Ambos son acusados como presuntos autores del delito de negociación incompatible o aprovechamiento indebido de cargo por el caso “Flechita”.
El Ministerio Público postula una pena efectiva mayor a los 4 años. La primera audiencia (instalación) quedó programada para este 28 de agosto a las 2:30 de la tarde y se extenderá en diferentes sesiones hasta el 22 de septiembre, fecha en que se realizarán los alegatos finales. Posteriormente, el Juzgado dictará sentencia.


Trabajador y cuidador
Según la acusación fiscal, suscrita por Manuel Aquino Flores, el caso se originó luego que la gestión de Rivera contrató dos veces a Hebert Hernán Jaime Arenas Román, un suboficial de la Policía Nacional del Perú (PNP) en situación de retiro. Esto mediante órdenes de servicio por S/4 mil 800 cada una. Se le requirió, supuestamente, para brindar seguridad y vigilancia para Alcaldía y Gerencia Municipal.
Sin embargo, la tesis del Ministerio Público sostiene que, en los hechos, los requerimientos sirvieron para que el servidor prestara servicios personales al entonces alcalde. Y entre ellos el cuidado de su mascota, un cachorro de raza Doberman de nombre “Flechita”, dentro de las instalaciones municipales.
La Fiscalía documentó estos hechos con videos difundidos en mayo de 2023 por Exitosa Noticias. A partir de ese reportaje, el Ministerio Público incorporó como prueba un disco duro con los registros de las cámaras de seguridad municipal correspondientes a los días 15, 16, 17, 18 y 19 del mismo año. Así como actas de deslacrado y visualización de un USB con las filmaciones. En estas, los investigados reconocieron encontrarse presentes en las tomas junto al can y al personal contratado.
Además, de acuerdo con el Informe de Acción de Oficio N° 052-2023-2-0353-AQP, elaborado por la Contraloría General de la República (CGR), los términos de referencia del proceso de contratación no exigieron que el trabajador contara con registro o autorización vigente de la Superintendencia Nacional de Control de Servicios de Seguridad, Armas, Municiones y Explosivos de Uso Civil (Sucamec), conforme lo ordena el Decreto Legislativo N° 1213.
Su propia declaración confirma que su licencia para portar armas estaba vencida desde antes de su contratación y que la entidad no la verificó. Esto pese a que el currículum vitae que presentó incluía copia de esa licencia caduca. Es decir, no podía prestar servicio de seguridad, por lo que la tesis de que su contratación se maquilló para otros fines cobra más peso.

Informes de terceros
Otro de los hallazgos que la Fiscalía expondrá en juicio es que los informes de actividades presentados por Arenas Román no acreditaban el servicio de seguridad para el que supuestamente fue contratado. Por el contrario, describían jornadas dedicadas a reseñar actividades protocolares y de prensa del entonces alcalde —festivales, inauguraciones, ceremonias por el Día de la Madre, colocación de primeras piedras—. Todo sin detallar labores propias de vigilancia.
Un elemento adicional que se prevé cuestionar es la existencia de una carta emitida por el otrora gerente Augusto Arce. Allí se comunicó al locador la asignación verbal del servicio de seguridad del alcalde «dentro y fuera» de la municipalidad. Según el Ministerio Público, ese documento apareció recién en marzo de 2025, tras la formalización de la investigación preparatoria. Por ello, se sostiene que la misiva se elaboró con posterioridad a los hechos, con la finalidad de tratar de justificar los informes copiados y ajenos a su función.
Asimismo, según los actuados, Rivera Chávez y su subordinado ya tenían relación previa. Mientras que el entonces edil presidió el directorio del Club Internacional de Arequipa entre 2015 y 2017, Arenas Román se desempeñó como supervisor de seguridad y vigilante en el mismo periodo. El Ministerio Público sostiene que ese vínculo laboral explica cómo este último prestó servicios personales bajo la fachada de un contrato de seguridad.
Sobre la base de estos hallazgos, la Fiscalía atribuye al exalcalde y su exfuncionario haberse interesado indebidamente en la contratación. En ambos casos, se invoca la figura de autoría por infracción de deber, al considerar que los dos funcionarios vulneraron obligaciones específicas de su cargo. Por ello, se postula para cada uno la pena de cuatro años y siete meses de prisión, 233 días-multa, e inhabilitación por nueve años, cuatro meses y quince días para ejercer cargos públicos.
DATO
Si no se presentan a las audiencias, Rivera y Arce serán declarados reos contumaces y el Poder Judicial girará órdenes de captura en su contra.
DATO
La Fiscalía tiene la tesis de que la contratación de Herbert Arenas se maquilló para beneficiar al otrora alcalde Rivera Chávez.
DATO
Evidencia.pe trató de comunicarse con Augusto Arce y Victor Hugo Rivera, pero ninguno contestó las llamadas.





