julio 8, 2026
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La obra vial permanece paralizada mientras se resuelve el arbitraje.

El Centro de Análisis y Resolución de Disputas Alternativas del Comercio ordenó suspender la ruptura del contrato con el Consorcio Vial Caylloma. Además, prohíbe ejecutar cartas fianza y obliga a la gestión de Rohel Sánchez a contratar supervisión externa.

El Gobierno Regional de Arequipa (GRA) sufrió un revés en el proceso arbitral que mantiene con el Consorcio Vial Caylloma por la ejecución de la carretera Jachaña – Cayarani (AR-670), valorizada en S/ 95.7 millones. Y es que el Tribunal Arbitral del Centro de Arbitraje y Resolución de Disputas Administrativas (CARDA), de la Cámara de Comercio e Industria de Arequipa, emitió una medida cautelar que deja sin efecto, de manera provisional, la resolución contractual que la gestión del gobernador Sánchez había ejecutado contra la empresa constructora en septiembre de 2025.

La controversia gira en torno al Contrato N.° 050-2025-GRA. El GRA había decidido resolver el contrato argumentando incumplimientos técnicos y retrasos en la presentación del primer entregable del expediente técnico. Sin embargo, el consorcio cuestionó la legalidad de dicha decisión y acudió al arbitraje.

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El principal argumento de la empresa fue que la entidad omitió la contratación de una supervisión externa para el proyecto, pese a que la normativa de contrataciones del Estado exige obligatoriamente este mecanismo cuando el monto de la obra supera los límites establecidos por la Ley de Presupuesto (S/ 4.3 millones). En lugar de ello, la entidad utilizó inspectores internos para validar aspectos técnicos del proyecto..

Los árbitros advirtieron que esta omisión fue grave y que existía un riesgo inminente de perjuicio irreparable para el consorcio. De acuerdo con la resolución, el GRA se encontraba habilitado para ejecutar de manera inmediata las cartas fianza de fiel cumplimiento y de adelantos, medidas que podrían generar una severa descapitalización de las empresas integrantes antes de que exista un pronunciamiento definitivo sobre el fondo de la controversia. Asimismo, se evaluó el riesgo de que la entidad convocara a un nuevo proceso de selección para contratar a un tercero y continuar la obra. 

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Por ello, el Tribunal además prohibió expresamente a la entidad ejecutar las garantías bancarias, aplicar penalidades pendientes o adoptar medidas que alteren la situación existente mientras se resuelve el arbitraje.

DATO 

El colegiado prohibió que la entidad convoque nuevas licitaciones o contrate a terceros para intervenir en el proyecto que quedará paralizado

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