El alcalde distrital de Pueblo Nuevo, Hebert Edgardo Gonzales Arcos, figura entre los trabajadores beneficiados con el nombramiento al régimen laboral 276, mediante un documento firmado por él mismo.
Una resolución emitida hace más de cinco meses, pero que recién ha comenzado a generar repercusiones públicas, ha puesto en el centro del debate la actuación del alcalde distrital de Pueblo Nuevo, en Ica, Hebert Edgardo Gonzales Arcos.
Se trata de la Resolución de Alcaldía N° 409-2025-MDPN/A, suscrita el 29 de diciembre de 2025 y publicada conforme dispone el propio documento, mediante la cual se aprobó el nombramiento de trabajadores bajo el régimen laboral del Decreto Legislativo N° 276.
Lo que ha llamado la atención es que entre los beneficiados figura el propio alcalde. Según la resolución, Gonzales Arcos fue nombrado en la plaza de Cajero II, cargo identificado con el código T5-05-195-2 y nivel remunerativo SPF, pasando así a formar parte de la carrera administrativa de la comuna.
El documento señala que el proceso se desarrolló en el marco de la Ley N° 32185, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2025, y de los lineamientos aprobados por SERVIR para el nombramiento de personal contratado bajo el régimen del Decreto Legislativo N.° 276.
Conflicto de interés
Si bien la resolución no ha sido observada, especialistas en gestión pública señalan que el caso podría ser evaluado desde la perspectiva de los principios de imparcialidad y transparencia en la función pública.
La Ley N.° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, establece el deber de abstención de las autoridades cuando existe un interés directo en los asuntos que deben resolver. Asimismo, la Ley N.° 27815, Código de Ética de la Función Pública, obliga a los funcionarios a actuar con neutralidad.
Debe evaluarse
Por ello, algunos especialistas consideran que correspondería una evaluación por parte de los órganos de control o de SERVIR para determinar si la actuación del alcalde se ajustó plenamente a los principios que rigen la administración pública.
La controversia también radica en que el nombramiento tiene carácter permanente dentro de la estructura municipal. Una vez concluida su gestión como alcalde, Gonzales Arcos podría reincorporarse a la plaza de Cajero II bajo las condiciones laborales reconocidas por el régimen 276.
Junto al burgomaestre también fueron nombrados otros cuatro trabajadores de la Municipalidad Distrital de Pueblo Nuevo.
Dato
La resolución dispone su publicación en el Portal de Transparencia del municipio de Pueblo Nuevo.









