Cuando ocurre un accidente y el responsable se fuga o no tiene SOAT, surge la duda sobre quién cubre los gastos. En Perú, existe un fondo estatal que garantiza atención médica e indemnizaciones a las víctimas.
Jorge C. Gonza Aguilar. Abogado
En nuestro país, se exige como requisito principal para circular un vehículo en las vías públicas el Seguro Obligatorio de Accidentes de Tránsito (SOAT). Tal como lo define el Ministerio de Transportes y Comunicaciones, el SOAT es un seguro obligatorio para todos los propietarios de vehículos automotores que circulan por la vía terrestre, según lo establece la Ley General de Transporte y Tránsito Terrestre. Este seguro cubre el riesgo de fallecimiento y lesiones de todas las personas que se encuentren dentro y fuera del vehículo en caso de un accidente de tránsito. Además, cubre no solo al asegurado y a los ocupantes del vehículo, sino también a los peatones que pudieran verse afectados.
El SOAT tiene como finalidad garantizar la atención médica inmediata a quienes sufran lesiones físicas, invalidez y/o muerte como consecuencia de un accidente de tránsito. No importa la causa del accidente: todos son atendidos, sin límite de personas afectadas, y no se requiere pronunciamiento de autoridad o juzgado para socorrer a las víctimas. Incluso contempla el pago de indemnizaciones por las responsabilidades derivadas del accidente.
Según la Asociación Peruana de Empresas de Seguros, el 40 % de vehículos en el Perú no contaba con SOAT en el año 2019, situación que a la fecha sigue siendo preocupante. Conducir un vehículo automotor ya implica un riesgo para la población, pues una negligencia puede ocasionar accidentes con consecuencias graves.
A ello se suma una situación aún más crítica: los accidentes de tránsito en los que el conductor se da a la fuga, evitando socorrer a la víctima y eludiendo su responsabilidad civil y penal. Este hecho constituye un delito previsto en el artículo 408 del Código Penal:
“El que, después de un accidente automovilístico o de otro similar en el que ha tenido parte y del que han resultado lesiones o muerte, se aleja del lugar para sustraerse a su identificación o para eludir las comprobaciones necesarias, o se aleja por razones atendibles pero omite dar cuenta inmediata a la autoridad, será reprimido con pena privativa de libertad no menor de seis meses ni mayor de cuatro años y con noventa a ciento veinte días-multa”.
Este delito se configura cuando el responsable se fuga del lugar del accidente, desvinculándose de los hechos y omitiendo comunicar lo ocurrido a la autoridad.
Frente a estos casos —cuando el vehículo no cuenta con SOAT o el conductor se da a la fuga— surge la interrogante: ¿quién cubre las atenciones médicas? Por la Ley de Emergencias, toda clínica privada, así como hospitales de EsSalud o del Ministerio de Salud, está obligada a atender a las víctimas. Sin embargo, esos gastos no siempre son cubiertos, y al momento del alta médica, el paciente puede verse obligado a asumirlos.
Ante ello, el Estado peruano ha creado el Fondo de Compensación del SOAT y CAT, cuya finalidad es amparar a las víctimas de accidentes de tránsito ocasionados por vehículos no identificados o que se dan a la fuga, así como a sus familiares. Este fondo cubre gastos médicos, gastos de sepelio y el pago de indemnizaciones por invalidez permanente, incapacidad temporal o fallecimiento, hasta los montos establecidos por el SOAT o CAT.
Los beneficios del fondo pueden ser reclamados dentro del plazo de un (1) año, contado desde la fecha de notificación realizada por el establecimiento de salud a la víctima o a sus beneficiarios (Art. 22° del D.S. N.° 024-2004-MTC, modificado por el D.S. N.° 009-2019-MTC). La solicitud puede presentarse a través del siguiente enlace:
https://fondosoatycat.mtc.gob.pe/solicitud
En conclusión, si una persona sufre un accidente de tránsito y el vehículo no cuenta con SOAT vigente o se da a la fuga, existe un fondo de compensación que cubre estos gastos.
CITA
El conductor que huye tras un accidente puede enfrentar hasta cuatro años de prisión, según el Código Penal.
CIFRA
40 % de vehículos en Perú circulaban sin SOAT, según datos del sector seguros.
DATO
El Fondo SOAT-CAT cubre gastos médicos e indemnizaciones si el vehículo no tiene seguro o se da a la fuga.








