Regiones

Seis regiones tendrán reglas especiales ante riesgo de escasez de combustible

El riesgo de escasez llegó al estado a cambiar las reglas. El Gobierno flexibilizó temporalmente las reglas de almacenamiento y comercialización de combustibles ante el riesgo de que los problemas logísticos terminen afectando el abastecimiento en el país. La medida alcanza de manera directa a seis regiones del sur: Arequipa, Moquegua, Tacna, Puno, Cusco y Madre de Dios.

La decisión fue formalizada mediante la Resolución Directoral N.° 137-2026-MINEM/DGH, publicada el 25 de agosto, luego de que el Ministerio de Energía y Minas identificara bajos niveles de inventarios de gasolinas, gasoholes y Diésel B5 en diferentes plantas y terminales.

¿Qué está pasando con el abastecimiento?

El propio MINEM advierte que la cadena de suministro enfrenta varios problemas simultáneos. Entre ellos figuran las limitaciones en la producción de combustibles de la Refinería Talara, condiciones climáticas que dificultan la reposición de inventarios por vía marítima y retrasos en la llegada de buques con combustibles importados.

La Refinería Talara registra limitaciones que afectan la disponibilidad de combustibles.

A esto se suman las restricciones de tránsito en carreteras de regiones declaradas en emergencia y, especialmente, la posibilidad de bloqueos en la Panamericana Sur entre Ático y Ocoña. Este tramo interrumpió el transporte de biodiésel B100 y alcohol carburante hacia el Terminal de Mollendo y el resto de la zona sur.

El resultado es una cadena logística con dificultades para reponer combustible a tiempo y con riesgo de afectar al transporte, la agricultura, la industria, la pesca y otras actividades productivas.

Seis regiones tendrán reglas especiales

La resolución permite temporalmente que productores y distribuidores mayoristas de todo el país no cumplan con la obligación ordinaria de mantener determinados niveles mínimos de inventario de gasolinas, gasoholes Premium y Regular y Diésel B5.

Normalmente, la normativa exige mantener en cada planta una existencia media mensual equivalente a 15 días de despacho promedio y una existencia mínima equivalente a cinco días de despacho promedio. La excepción busca evitar que esta obligación termine agravando las dificultades de suministro en el actual escenario.

Esta primera medida tiene alcance nacional y rige, con eficacia anticipada, del 14 de agosto al 13 de setiembre de 2026.

En paralelo, Arequipa, Moquegua, Tacna, Puno, Cusco y Madre de Dios tendrán una flexibilización temporal de determinadas reglas para la mezcla y comercialización de biocombustibles. La medida rige del 17 de agosto al 1 de setiembre.

El problema ya alcanzó al GLP

La preocupación del Gobierno no se limita a las gasolinas y el diésel. El 21 de agosto, el MINEM declaró en situación de emergencia las actividades relacionadas con el abastecimiento de GLP en Cusco, Puno, Arequipa, Moquegua y Tacna, también por un periodo de hasta 30 días.

El problema del abastecimiento también alcanzó al GLP en cinco regiones del sur.

El Ministerio señaló que las lluvias habían afectado vías utilizadas para transportar GLP desde Pisco y Callao hacia el sur. Además, las regiones involucradas no cuentan con plantas de abastecimiento de GLP con inventarios suficientes para enfrentar interrupciones prolongadas de la cadena.

El riesgo, según el documento oficial, es que una interrupción de las vías deje a los usuarios dependiendo únicamente de las existencias almacenadas en gasocentros, plantas envasadoras y otros operadores, cuya autonomía sería insuficiente para garantizar el suministro durante un periodo prolongado, especialmente para los hogares.

El propio MINEM establece que las medidas pueden terminar antes de las fechas previstas si desaparece la situación que originó las excepciones. Además, los productores y distribuidores tendrán hasta 15 días calendario después de culminadas las excepciones para adecuarse nuevamente a las obligaciones suspendidas temporalmente.

Mientras tanto, Osinergmin será informado para realizar las acciones de control que correspondan dentro de sus competencias.

Dato

La resolución está permitiendo temporalmente que las empresas comercialicen combustible sin tener que conservar la reserva mínima que normalmente exige la normativa.

Carol Cahuaya del Castillo

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