Los últimos cuatro DNI del candidato consignaron direcciones ubicadas en Yarabamba.
Foto: Yvan Salcedo
A pocos días de las elecciones, el escenario electoral de Yarabamba volvió a cambiar. Y es que el Segundo Juzgado Constitucional de la Corte Superior de Justicia de Arequipa (CSJA) concedió una medida cautelar a favor de Mario Ángel Barriga Málaga, candidato por Ahora Nación, y ordenó suspender provisionalmente los efectos de las resoluciones electorales que lo habían dejado fuera de la contienda. La decisión judicial dispone que el Jurado Nacional de Elecciones (JNE) y el Jurado Electoral Especial (JEE) de Arequipa ejecuten su restitución en el proceso electoral.
El juez Renato Loayza Luna, a través de la Resolución 01-2026, argumentó que el JNE notificó su exclusión el 5 de septiembre después de las 23:00 horas, pese a que el 4 de septiembre había vencido el plazo establecido para resolver las tachas. Para el Juzgado, las etapas del proceso electoral deben cumplirse dentro de los plazos fijados y no pueden extenderse arbitrariamente.
El fallo también advierte una contradicción en las actuaciones del propio sistema electoral. Antes de la notificación, el JEE Arequipa había ratificado la vigencia de la lista de Ahora Nación, siguiendo los criterios establecidos por el propio JNE en la Resolución N.° 3643-2026-JNE. Dichas disposiciones contemplaban la conservación de las candidaturas que no tuvieran un pronunciamiento firme al momento del cierre del plazo correspondiente.
Además, el magistrado revisó los últimos cuatro DNI emitidos a nombre del postulante entre 2005 y 2024 y constató que en todos figuraban direcciones ubicadas en Yarabamba. Esta información constituyó un elemento relevante para acreditar su arraigo domiciliario, debido a que se encuentra consignada por el Registro Nacional de Identificación y Estado Civil (Reniec).
El abogado constitucionalista y fundador de Voto Informado, Alejandro Rospigliosi, explicó que el Poder Judicial sí puede intervenir cuando se vulneran derechos fundamentales establecidos en la Constitución, como el derecho a elegir y ser elegido. Advirtió que el ente electoral tiene que inscribir su candidatura en las próximas horas. A esto se suma que, según la propia resolución, el Tribunal Constitucional reconoció anteriormente la posibilidad de control sobre decisiones electorales.
DATO
El JNE también publicó en El Peruano una resolución que dispone mantener las candidaturas que fueron excluidas extemporáneamente.
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