Presidente Balcázar defendió a condenado por violación a menor

El hoy presidente interino José María Balcázar participó como abogado defensor de un hombre sentenciado a cadena perpetua por violación sexual a una menor y aborto sin consentimiento. La actuación ocurrió en una revisión del caso ante la Corte Suprema.

Finalmente Balcázar no pudo lograr la liberación del hombre sentenciado por violar a su hijastra.

Antes de asumir funciones públicas, José María Balcázar ejerció la defensa legal de un condenado a cadena perpetua por delitos de extrema gravedad. En 2015, acudió como abogado a una audiencia ante la Corte Suprema de Justicia, donde el sentenciado buscó anular la pena impuesta por violación sexual a una menor de edad.

El caso se remonta a una sentencia emitida en 2012 por el Juzgado Penal Colegiado de Lambayeque. El condenado fue hallado responsable de violar de forma reiterada a su hijastra desde que tenía nueve años, abusos que se extendieron hasta los 17. Según la acusación fiscal, la menor quedó embarazada mientras cursaba la secundaria y fue obligada a abortar mediante medicamentos suministrados por su agresor.

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Un año después de recibir la condena, que no fue apelada, el sentenciado recurrió a la Sala Penal Permanente de la Corte Suprema para solicitar la revisión del fallo y la realización de un nuevo juicio oral. La audiencia se llevó a cabo el 27 de mayo de 2015 y contó con la participación de Balcázar como abogado defensor, de acuerdo con una resolución judicial difundida por Infobae.

La estrategia de defensa se basó en la inconstitucionalidad de un inciso del artículo 173 del Código Penal, declarada por el Tribunal Constitucional. Sin embargo, los magistrados supremos rechazaron el pedido y precisaron que la nulidad no aplicaba cuando la violación implicaba violencia. La Corte sostuvo que la vía planteada era improcedente y cerró la puerta a un nuevo examen probatorio.

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CITA

“No siendo esta vía la pertinente, queda abierta la adecuación del tipo penal”, señala la resolución.

DATO

Sala Suprema rechazó reexaminar pruebas y descartó la nulidad solicitada por el sentenciado.

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