Se cae el castillo: Poder Judicial anuló licencia de construcción de la Universidad Continental

Tras casi diez años de batalla legal, la municipalidad de Bustamante consiguió la nulidad de la licencia de la Casa Superior de Estudios. El fallo, en segunda instancia, señala que el predio se edificó en zona agrícola. Tras esto, la comuna de Bustamante revocó la licencia de construcción de la Universidad Continental. Es cuestión de tiempo para que la zona vuelva a recuperar su estatus de campiña.

El campus universitario podría enfrentar demolición tras quedar sin licencias válidas por fallo judicial.

La Universidad Continental funciona con una licencia judicialmente anulada. Y es que la Tercera Sala Civil de la Corte Superior de Justicia de Arequipa (CSJA) revocó la sentencia de primera instancia que favorecía a la Casa Superior de Estudios y declaró fundada una demanda presentada por la Municipalidad Distrital de José Luis Bustamante y Rivero, en 2016. El pleito legal, que duró casi diez años, podría terminar con la demolición del edificio universitario.  Por lo pronto, la gestión de Fredy Zegarra Black ya emitió una resolución anulando las licencias de construcción del 2016 que permitió la edificación de la primera torre de la casa de estudios privada. ¿Será que por fin se hace justicia y se devuelve el verde a esta zona que siempre debió quedar como zona de campiña?

La irregular construcción del edificio ocasionó, incluso, el desborde de la torrentera. 



Cambio de uso ilegal

Antes de iniciar sus operaciones, el terreno donde funciona la universidad formaba parte del Ecoparque Metropolitano y estaba clasificado como zona recreativa compatible únicamente con actividades de forestación, según el Plan de Desarrollo Metropolitano (PDM). No obstante, en 2014, durante la gestión del nefasto e infame alcalde provincial Alfredo Zegarra Tejada, el Concejo Municipal aprobó la Ordenanza Regional N° 906 que cambió la zonificación a zona de reglamentación especial (ZRE), permitiendo usos educativos.

Ese cambio abrió la puerta para que la universidad tramitara la habilitación urbana y posteriormente la licencia de edificación. Sin embargo, durante la gestión de Ronald Ibáñez Barreda (2016), la comuna distrital interpuso una acción contencioso administrativa porque consideró que la licencia otorgada vulneraba el ordenamiento urbano vigente.

La entidad edilicia demandó entonces la nulidad de la Resolución de Gerencia N.º 354-2014, el Certificado de Parámetros Urbanísticos N.º 064-2014 y el Informe N.º 001-2014 que fueron base para habilitar urbanamente y permitir la edificación del campus en el predio “La Canseco II”. Así inició este conflicto de legalidad urbanística.

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Al inicio, la justicia se puso de lado de la U. Continental.

Una batalla legal

Tras idas y venidas en el Poder Judicial, el 30 de febrero de 2020, el Noveno Juzgado Civil de la CSJA, presidido por el magistrado Roberto Fredy Flores Suárez, mediante Sentencia N.° 49-2020, declaró infundada la demanda del municipio de Bustamante. El juez consideró que existían documentos posteriores —como nuevos certificados de zonificación y la Ordenanza Regional N° 906— que respaldaban la compatibilidad del uso educativo.

En otras palabras, entendió que la municipalidad provincial había adecuadamente modificado la zonificación y que, por tanto, la habilitación urbana no era ilegal. El juez también señaló que no se había acreditado de manera suficiente que los actos administrativos carecieran de validez. El fallo significaba que, las licencias de edificación y habilitación urbana seguían vigentes.

Sin embargo, tras una apelación, la Tercera Sala Civil de la CSJA tuvo un criterio distinto. A través de la Sentencia Nº 106-2021-3SC, del 29 de marzo del 2021, el Colegiado —integrado por los magistrados Nimer Marroquín Mogrovejo, César Burga Cervantes y Edgar Pineda Gamarra—, señaló que no se puede justificar la legalidad de un acto administrativo con normas o documentos emitidos después de que ese acto fue aprobado.

En principio, se determinó que el predio tenía uso agrícola no compatible con fines universitarios al momento de otorgarse la licencia y no existía un cambio formal de zonificación aprobado conforme a ley. Es decir, si en 2014 la zonificación vigente no permitía el uso educativo, no podía “validarse” con certificados o adecuaciones posteriores.

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En su análisis, los jueces dieron prevalencia a planes urbanos, normativas de ordenamiento territorial e instrumentos de zonificación vigentes. Así, concluyeron que los actos administrativos que otorgaron la licencia contravenían normas superiores, lo que configura causal de nulidad.

Es más, concluyeron que “el Juez de primera instancia no apreció los hechos conforme a ley, tampoco valoró debidamente los medios probatorios, ni interpretó ni aplicó correctamente las ordenanzas municipales vigentes al momento de la expedición de la resolución d e Gerencia número 354-2014-GDU-MDJLBYR, la que es nula de puro derecho conforme a los fundamentos expresados precedentemente, por consiguiente, corresponde revocar la apelada que declaró infundada la demanda, reformándola, declararla fundada”.

Por ello, la Sala declaró nulos la Resolución de Gerencia N.° 354-2014, el Certificado de Parámetros Urbanísticos N.° 064-2014 y el Informe Técnico N° 001-2014 que los sustentó. El nuevo fallo implica que, se deja sin efecto certificados y actos administrativos vinculados a las licencias de la universidad. En términos prácticos, sus autorizaciones quedaron judicialmente anuladas por tener eficacia inmediata.

La municipalidad de Bustamante ganó en segunda y definitiva instancia.

Se cae el castillo de naipes

La terna de jueces de segunda instancia determinaron que no se valoró debidamente las pruebas.

Tras la emisión de la sentencia, la gestión del alcalde Fredy Zegarra Black empezó los actos administrativos para cumplir el fallo y revocar formalmente las licencias. Esto quedó consentido a través de las Resoluciones de Gerencia Municipal N° 230 y 240-2024-GM-MDJLBYR, que se ampararon en varios informes técnicos y legales de la Oficina de Asesoría Jurídica.

La suspensión de las licencias no le cayó nada bien a la universidad, tal es así que denunciaron al alcalde y sus funcionarios. Esto ha generado un nuevo proceso judicial. “Nosotros les suspendimos las licencias que tenían, pero nos han denunciado. Estamos enfrentando un nuevo proceso”, declaró el edil a Evidencia.pe.

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Según Zegarra Black, además de la controversia legal, la universidad ocupó parte del cauce de la torrentera, situación que —afirmó— contribuyó al colapso registrado durante la última temporada de lluvias. De este nuevo conflicto judicial y sus implicancias hablaremos en una próxima edición.

Actualmente, la universidad interpuso un recurso de casación ante la Corte Suprema. Sin embargo, la casación no revisa nuevamente los hechos, sino que analiza si la Sala aplicó correctamente la ley y respetó el debido proceso. De confirmarse la sentencia en segunda instancia, la nulidad quedaría consentida y ejecutoriada. Eso significaría que las licencias de habilitación urbana y edificación habrían sido inválidas desde su origen.

En el escenario más extremo, si se confirma la nulidad y no existe una vía legal de regularización, la construcción podría ser considerada una edificación levantada sin licencia válida. En derecho administrativo urbano, una obra sin licencia puede ser pasible de sanciones que van desde multas hasta órdenes de demolición. Este medio trató de comunicarse con el gerente de la Universidad Continental en Arequipa, Thomas Silva Risueño, pero al cierre de esta nota no obtuvimos respuesta.

Por hacer cumplir la norma el alcalde de Bustamante fue denunciado ante la Fiscalía.

DATO

El juez de primera instancia no valoró debidamente los medios probatorios, ni interpretó ni aplicó correctamente las ordenanzas municipales vigentes.

DATO

La autorización de construcción que obtuvo la universidad fue ilegal, advirtió el Poder Judicial en segunda instancia.

CITA

«Les suspendimos las licencias que tenían, pero nos han denunciado», alcalde Fredy Zegarra Black.

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