Juzgado determinó que la universidad no justificó adecuadamente la severa suspensión impuesta a César Cáceres Zárate tras denunciar presuntas irregularidades en elecciones internas. Esto confirma el abuso que cometió la institución que dirige Jorge Cáceres Arce.
El intento por silenciar la voz del exvicerrector administrativo de la Universidad Católica de Santa María (UCSM), César Cáceres Zárate, terminó con un revés judicial para la Universidad Católica de Santa María (UCSM). Y es que el Undécimo Juzgado de Paz Letrado Laboral de Arequipa declaró nula la sanción de suspensión por 10 meses y 30 días sin goce de remuneraciones que la universidad le impuso en 2025.
La sanción fue formalizada mediante la Resolución Rectoral N.º 9182-CU-2025, luego de que Cáceres Zárate brindara una conferencia de prensa en enero de 2025. En esa oportunidad, el entonces vicerrector denunció públicamente presuntas irregularidades en el proceso de elección de autoridades universitarias, declaraciones que derivaron en el inicio de un proceso disciplinario interno.
Lo silenciaron
Según la universidad, las acciones del exfuncionario vulneraron el estatuto institucional y afectaron la imagen de la Casa Superior de Estudios. Entre los hechos imputados se incluyó la conferencia de prensa, la invitación a periodistas a una sesión reservada de la Asamblea Universitaria y la presentación de una denuncia ante el Ministerio Público. Acciones que —según la institución— implicaban asumir una representación institucional que no le correspondía legalmente.
Además, en el expediente disciplinario se mencionó un presunto altercado verbal con un estudiante durante una reunión universitaria. La acumulación de estos hechos fue utilizada por la universidad para sustentar la imposición de la severa sanción administrativa contra el entonces vicerrector.
En su demanda judicial, Cáceres Zárate argumentó que las conductas por las que fue sancionado no constituían faltas graves, sino el ejercicio legítimo de derechos fundamentales, como la libertad de expresión y el deber ciudadano de denunciar presuntas irregularidades ante las autoridades competentes. Sostuvo que acudir a la prensa y al Ministerio Público para advertir posibles actos de corrupción no puede ser considerado un acto inmoral o lesivo para la institución.
Durante el proceso judicial también se discutió la validez de una grabación de audio presentada por la defensa. La UCSM intentó que esta prueba fuera desestimada al argumentar que había sido obtenida de manera ilegal y vulneraba el secreto de las comunicaciones. Sin embargo, el juzgado rechazó este pedido al considerar que la grabación fue realizada durante una reunión colectiva de la Asamblea Universitaria, por lo que no se configuraba una vulneración a la privacidad.


PJ confirma abuso

Al analizar el fondo del caso, la jueza Nataly Olga Tapia Cáceres reconoció que la universidad había seguido formalmente el procedimiento disciplinario interno, que incluyó un informe del Tribunal de Honor y la posterior ratificación por parte del Consejo Universitario. No obstante, concluyó que el problema central radicaba en la deficiente motivación de la sanción.
La sentencia señala que la institución no desarrolló una argumentación autónoma que explicara por qué correspondía aplicar una suspensión de casi once meses al exvicerrector. También cuestionó la forma en que se determinó la penalidad, pues la sanción se basó en una “sumatoria aritmética” de penalidades propuestas para cada hecho individual.
Finalmente, recordó que derechos como la libertad de expresión y la denuncia de presuntas irregularidades deben ser ponderados cuidadosamente frente a los deberes de fidelidad institucional. En ese sentido, subrayó que una sanción tan severa requiere una justificación excepcional que la universidad no logró acreditar.

Aún no puede volver
Como resultado, el Juzgado declaró fundada en parte la demanda presentada por Cáceres Zárate y dispuso la nulidad de las resoluciones administrativas que confirmaban su suspensión. Sin embargo, no se ordenó su reposición automática ni el pago de remuneraciones dejadas de percibir. En su lugar, el fallo dispone que la universidad emita una nueva decisión disciplinaria, la cual deberá estar debidamente motivada y realizar una ponderación integral de los hechos.
En cuanto a las pretensiones económicas del demandante, el juzgado declaró infundado el pedido para que la universidad pague 5 mil soles por concepto de honorarios para su abogado. No obstante, sí ordenó que la UCSM asuma los costos del proceso judicial, al haberse determinado que la sanción fue emitida con deficiencias en su motivación
En diálogo con Evidencia.pe, César Cáceres Zárate, afirmó que el fallo «confirma la arbitrariedad» cometida en su contra. Explica que el hecho de que el tribunal anule las resoluciones previas por falta de fundamentación demuestra que el proceso inicial fue defectuoso y carente de proporcionalidad. A su juicio, la justicia laboral ya ha validado su denuncia de persecución institucional liderada por el rector de la UCSM Jorge Cáceres Arce.
DATO
Aunque el fallo es favorable, Cáceres Zárate aún no podrá volver a la U. Católica.
CITA
«Se ha confirmado la arbitrariedad que cometieron en su momento en mi contra», César Cáceres Zarate.









