El exgobernador Elmer Cáceres Llica busca volver al GRA. FOTO: Yvan Salcedo.
Presentaron ante el Jurado Nacional de Elecciones (JNE) una nueva solicitud de exclusión contra el candidato al Gobierno Regional, Elmer Cáceres Llica. El documento ingresado al JNE el 24 de agosto firmado por el ciudadano Fulgencio Ruiz Herrera, denuncia la presunta omisión de seis sentencias condenatorias firmes en la Declaración Jurada de Hoja de Vida del postulante por el partido Alianza para el Progreso.
El oficio detalló que Cáceres Llica, habría ocultado al Jurado sentencias logradas por la Fiscalía de Corrupción de Funcionarios en los casos 1506015500-2017-187-0, 187-1, 187-2 y 187-3. Según la denuncia, estas resoluciones lo condenan por diferentes delitos. Entre cargos de concusión, colusión con defraudación patrimonial al Estado, negociación incompatible y peculado, además de aprovechamiento indebido del cargo.
A estos cuatro expedientes se suman dos casos adicionales. El expediente 1506014505-2020-627-0, tramitado en Paucarpata, que lo condena por nombramiento ilegal de cargo público. Así como el caso 1506020601-2006-643-0, seguido en Chivay, por apropiación ilícita. El informe presentado, sostiene que todas las resoluciones mencionadas, fueron omitidas por el candidato en su declaración jurada.
El documento también cuestionó la forma en que Cáceres Llica declaró la sentencia N° 623-2024 del 13 de diciembre de 2024. Si bien el candidato consignó el expediente 599-2021, lo hizo señalando el delito como «incumplimiento de deberes funcionales». Cuando la resolución judicial lo condenó formalmente por «nombramiento ilegal de cargo» en concurso real con «omisión, rehusamiento o demora de actos funcionales».
Como argumento, el denunciante citó dos precedentes recientes del Jurado Electoral Especial (JEE). El 19 de agosto el JEE de Condesuyos excluyó a Félix de Valois Huamani Flores, candidato a alcalde de Chichas, por omitir una sentencia con reserva de fallo por conducción en estado de ebriedad. Tres días después, el 22 de agosto, el JEE de Arequipa hizo lo propio con Magaly Ramos Carrillo, candidata a consejera regional, quien no declaró dos sentencias por difamación agravada de 2009 y 2011.
Ambas resoluciones además ordenaron remitir los hechos al Ministerio Público por la presunta comisión del delito de falsa declaración en procedimiento administrativo, tipificado en el artículo 411 del Código Penal. La denuncia ciudadana cuestionó la decisión del JEE al excluir a dichos candidatos, mientras que el informe de fiscalización de Cáceres Llica, solo recomendó una «anotación marginal».
A la solicitud también se sumó un trámite ante la Defensoría del Pueblo en Arequipa, registrado bajo el número 0242026000670. Pues no se habría respondido a la denuncia inicial del 15 de agosto, ni a la reiteración del 20 de agosto, motivando la vía defensorial. En dicho trámite, se pidió la intervención de la entidad constitucionalmente autónoma para que supervise el trabajo del Jurado Electoral Especial (JEE) de Arequipa.
Consultado sobre la solicitud, Jorge Sumari, decano del Colegio de Abogados de Arequipa, señaló que cuando se presenta una solicitud de exclusión, el denunciante debe acompañar pruebas objetivas que acrediten la causa invocada. Al documento se tiene que sumar una copia de la resolución, indicar el juzgado y si está consentida. Sin esa prueba el jurado no puede pronunciarse.
Sumari precisó que el ciudadano denunciante ha solicitado que el JEE requiera a la Subgerencia de Registros Judiciales del Poder Judicial y al Ministerio Público un reporte penal integral para verificar la existencia de estas sentencias. «Si el Jurado accede a los expedientes y confirma que existen sentencias firmes omitidas. El pedido de exclusión debería ser declarado fundado. La ley es clara: quien omite declarar una sentencia condenatoria firme debe ser excluido», afirmó Sumari.
Sobre la sentencia que Cáceres Llica declaró con un nombre de delito diferente al de la resolución judicial, el decano del Colegio de Abogados indicó que se trataría de un error material o una confusión conceptual. «No está omitiendo la sentencia porque el mismo expediente existe, hay coincidencia en el número, el juzgado y el condenado. Solo cambia la denominación del delito. La ley sanciona la omisión total, no el error en la calificación», precisó Sumari.
El JEE Arequipa tendrá que disponer los recursos y capacidades necesarias para que dichos expedientes mencionados en la denuncia sean corroborados. Mientras tanto el electorado tendrá que exigir el cumplimiento de dicha verificación y la pronunciación del ente electoral. El ex gobernador regional Elmer Cáceres Llica, continuará su campaña hasta que el jurado emita una respuesta oficial.
DATO
Elmer Cáceres Llica es investigado por el caso «Los Hijos del Cóndor» desde el 2021.
CIFRA
6 sentencias condenatorias firmes son las que Elmer Cáceres Llica habría omitido en su declaración jurada.
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