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Municipalidad de Arequipa dispone tarifa diferenciada y transportistas anuncian arbitraje

Fotos: Yvan Salcedo

La Municipalidad Provincial de Arequipa (MPA), bajo la gestión de la alcaldesa Ruccy Oscco Polar, puso fin al incremento temporal del pasaje en seis rutas del Sistema Integrado de Transportes (SIT). La disposición es que las concesionarias retornen a la tarifa de S/ 1 para adultos y S/ 0.50 para universitarios y escolares. Esto como parte del cumplimiento de las condiciones establecidas en el Acta de Cierre de Trato Directo suscrita el 24 de marzo de 2026.

La medida alcanza al Consorcio Empresarial Cono Norte, Transcayma, Unión AQP, Etrabus, Megabus y Cotum Express. Estas firmas debían presentar una propuesta de modificación contractual acompañada de un análisis técnico y económico que justificara el nuevo régimen tarifario para demostrar el impacto del incremento en el equilibrio económico-financiero. Al no cumplir esa condición, el beneficio quedó sin efecto.

En contraste, otras cuatro empresas continuarán con el precio de S/ 1.30 de manera temporal. Se trata de Unión Grau, AQP Masivo, Sabandía Characato C-8 y Emarsistran. Aunque presentaron sus expedientes para sustentar la modificación contractual, estos fueron observados por la municipalidad. Entonces, disponen de un plazo de 15 días para levantar dichas observaciones.

El gerente municipal, Alejandro Maldonado, explicó que las seis concesionarias fueron notificadas formalmente y debían restablecer la tarifa contractual desde el lunes 3 de agosto. Precisó que la municipalidad iniciará operativos de fiscalización para verificar el cumplimiento de la disposición y aplicar las sanciones previstas en los contratos de concesión en caso de desacato.

Consorcios del SIT ya fueron notificados oficialmente.

No pasaron el filtro

Según el informe de la MPA al que accedió Evidencia.pe, las propuestas presentadas por las seis empresas desestimadas incumplían los estándares exigidos por el Reglamento de la Ley N.° 32441. Una de las observaciones fue que varias concesionarias presentaron documentos prácticamente idénticos, sin individualizar las condiciones específicas de cada ruta ni justificar técnicamente las cláusulas que buscaban modificar. Es decir, copiaron y pegaron sus informes.

Otro aspecto fue la ausencia del cálculo del denominado Factor de Ajuste (FA), mecanismo previsto en los contratos para determinar técnicamente una variación tarifaria. La Gerencia de Transportes señaló que las empresas propusieron incorporar dicha fórmula al contrato, pero nunca la aplicaron con información estadística del INEI o del Banco Central de Reserva. Entonces, las tarifas de S/ 1.40 y S/ 1.60 planteadas carecían de sustento técnico.

Asimismo, la municipalidad advirtió que los expedientes no incluían modelos de flujos de caja marginales (dinero extra que entra o sale de un negocio). Tampoco cuantificaban el supuesto desequilibrio económico de la concesión ni demostraron que este superara el umbral del 10 % previsto en los contratos.

A esto se suma que la tarifa solicitada generaría una sobrecompensación. Según la verificación realizada por la comuna con los propios datos proporcionados por las empresas, el ingreso ascendería a S/ 5.84 por kilómetro frente a un costo declarado de S/ 5.01 por kilómetro, dejando un margen positivo de S/ 0.83 por kilómetro.

Finalmente, los expedientes omitieron un análisis de «Valor por Dinero» (costo-beneficio a largo plazo) y una matriz de riesgos para evaluar modificaciones contractuales. Por ello, la Gerencia de Transportes concluyó que las empresas incumplieron el Acta de Cierre de Trato Directo y dispuso dejar sin efecto el régimen tarifario transitorio de S/ 1.30 para esas unidades de negocio.

Los concesionarios se burlan de la disposición municipal.

Anuncian arbitraje

Por otro lado, la reacción de los transportistas fue inmediata. Juan José Revilla Santander, gerente general de Unión AQP, sostuvo que el trato directo tiene vigencia hasta el 24 de septiembre y cuestionó que la municipalidad haya decidido dejar sin efecto anticipadamente el incremento tarifario. Afirmó que reducir nuevamente el pasaje colocaría al transporte urbano en una situación crítica y pondría en riesgo la continuidad del servicio.

Frente a esta disposición, el dirigente anunció que las empresas acudirán a un arbitraje de derechos, atribuyendo múltiples incumplimientos al concedente. Según explicó, mientras la controversia no se resuelva, mantendrán vigente la tarifa de S/ 1.30, desconociendo lo establecido por la MPA.

El decano del Colegio de Abogados de Arequipa (CAA) y especialista en derecho municipal, Jorge Sumari Buendía, señaló que la institución tiene plena potestad para evaluar el contenido de las propuestas de modificación contractual. Sí efectivamente las adendas presentadas eran documentos estandarizados, sin sustento individual para cada ruta, la administración podía desestimarlas válidamente, pues los costos, ingresos y condiciones operativas varían entre concesionarias.

El especialista añadió que los transportistas tienen derecho a impugnar la decisión mediante los mecanismos legales o arbitrales correspondientes. Sin embargo, mientras no exista un pronunciamiento que suspenda o deje sin efecto la resolución municipal, esta debe cumplirse obligatoriamente.

Advirtió, además, que un eventual abandono de rutas podría generar procedimientos administrativos e incluso la pérdida de las concesiones, mientras que una paralización deliberada del servicio podría configurar responsabilidades penales al tratarse de un servicio público esencial prestado por operadores privados.

Dato

4 empresas del SIT mantendrán la tarifa de S/ 1.30, pero otras 6 reducirán el precio a S/ 1.

Dato

El consorcio Cono Norte no presentó nada para justificar el incremento de la tarifa.

Javier Huaraya

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