La propuesta genera preocupación por posibles cambios de zonificación y afectación de terrenos agrícolas protegidos.
Fotos: Yvan Salcedo
La campiña arequipeña podría estar en riesgo de depredación. Y es que el Instituto Municipal de Planeamiento de Arequipa (IMPLA) puso sobre la mesa una propuesta para derogar la Ordenanza Regional N.° 007-2003-GRA/AREQUIPA, vigente desde el 2003 y que declara intangibles los terrenos agrícolas y áreas verdes de las ocho provincias de Arequipa.
La intención, según el IMPLA, es facilitar la aprobación y ejecución del nuevo Plan de Desarrollo Metropolitano (PDM) 2025-2045. Además, sostiene que la norma nació sin que el legislativo regional tuviera competencia para imponer una prohibición general sobre terrenos agrícolas y áreas verdes. Esto porque la regulación específica del suelo corresponde a las municipalidades provinciales.
En marzo de 2026, la gerente del IMPLA, Patricia Muñoz Medina, solicitó a la presidenta del Consejo Regional de Arequipa (CRA), Norma Ortega Valdivia, una mesa de trabajo para explicar los cuestionamientos que había identificado contra la ordenanza. Un mes después, en abril, formalizó su posición mediante el Informe N.° 091-2026-IMPLA-GAL/ASE-ARK. El documento recomendó instar a derogar la Ordenanza 007-2003.
En mayo, a través del Oficio N.° 628-2026-MPA/IMPLA-GM, el IMPLA remitió un proyecto de ordenanza de derogatoria acompañado de su respectiva exposición de motivos. Allí sostiene que la norma no contiene una zonificación detallada ni identifica mediante coordenadas UTM cuáles son exactamente los terrenos protegidos.
Según el expediente, la ordenanza tampoco cuenta con catastro, parámetros urbanísticos ni una evaluación agrológica que permita determinar las características actuales de cada predio. Entonces, para el IMPLA, mantener una prohibición general con esas características resulta incompatible con las nuevas exigencias de planificación urbana y desarrollo sostenible.
A modo de ejemplo, cita las llamadas “islas rústicas”. Se trata de terrenos que tienen condición agrícola, pero que quedaron rodeados por zonas urbanizadas y, en algunos casos, perdieron hace años su función agrícola. El instituto sostiene que la ordenanza no distingue entre estos espacios y las áreas que efectivamente deben conservarse como campiña. Por ello, considera que una declaratoria genérica de intangibilidad bloquea trámites de saneamiento físico-legal, habilitaciones urbanas y acceso a servicios básicos en determinadas zonas.
El IMPLA advierte que la ordenanza en cuestión, además, fue utilizada como uno de los parámetros para determinar responsabilidades penales contra funcionarios involucrados en cambios de zonificación y decisiones sobre terrenos agrícolas. El expediente remite a la Sentencia de Vista N.° 183-2019, emitida por la Primera Sala Penal de Apelaciones de Arequipa.
En ese caso, el Poder Judicial confirmó condenas relacionadas con irregularidades en la aprobación del PDM 2016-2025. El antecedente más conocido es el caso del exalcalde provincial Alfredo Zegarra Tejada. En 2021, fue condenado a tres años y seis meses de prisión suspendida por los delitos de otorgamiento ilegal de derechos y falsedad ideológica.
El proceso estuvo relacionado con una sesión de concejo realizada el 30 de diciembre de 2014, en la que se aprobó el Plan Específico del Ecoparque Metropolitano de José Luis Bustamante y Rivero. Ese instrumento modificó la zonificación de La Canseco II, terreno agrícola considerado intangible, para convertirlo en una zona de usos especiales. Así, el terreno fue destinado a la construcción de la sede de la Universidad Continental, pese a que originalmente estaba vinculado a un proyecto de parque ecológico.
El IMPLA utiliza este antecedente como una advertencia sobre el riesgo que enfrentan los funcionarios cuando toman decisiones sobre terrenos protegidos. La derogatoria también podría utilizarse para negociar el cambio de zonificación y depredar la campiña. Finalmente, el 4 de septiembre, el IMPLA remitió el Oficio N.° 1290-2026-IMPLA y solicitó que, de manera excepcional, se convoque a una sesión extraordinaria en el CRA para votar la derogatoria.
La presidenta del CRA, Norma Ortega Valdivia, explicó que Asesoría Jurídica del Gobierno regional emitió opinión contraria a la derogatoria. Explica que no se puede retirar una norma de protección sin colocar otra que garantice, como mínimo, el mismo nivel de defensa de la campiña. Por eso, consideró irresponsable la propuesta emitida.
Además, las comisiones de Ordenamiento Territorial, Ecología y Agricultura del CRA también otorgaron opinión contraria. Para Ortega, estas observaciones demuestran que el expediente todavía necesita mayor sustento y que la solicitud de una sesión extraordinaria resulta prematura. En ese sentido, advirtió que el trámite seguirá su conducto regular y no se someterá a presiones del IMPLA.
Desde la sociedad civil, Carlos Rivas, presidente de la Asociación Actuemos Perú, también cuestionó la iniciativa. Consideró que derogar la ordenanza podría significar abrir una puerta para la depredación de la campiña. Su preocupación se basa precisamente en los antecedentes que el propio IMPLA coloca sobre la mesa: los cambios de zonificación que terminaron en procesos judiciales.
El problema de fondo es que la ordenanza protege todo el ámbito regional, mientras que el PDM que busca impulsar el IMPLA tiene un alcance principalmente metropolitano y provincial. Incluso, la regidora Mayra Sumari cuestionó que el IMPLA, como organismo vinculado a la MPA, impulse la derogatoria de una ordenanza cuyo alcance comprende las ocho provincias de la región. Señaló que la norma también protege valles, áreas agrícolas y espacios productivos.
Si la Ordenanza 007-2003 desaparece, no solo estaría en discusión el futuro de terrenos ubicados alrededor de la ciudad. También podrían quedar sin esa protección regional determinados espacios agrícolas de Camaná, Caravelí, Castilla, Caylloma, Condesuyos, Islay y La Unión.
DATO
La gerente del IMPLA, Patricia Muñoz, señaló a Evidencia que responderá en los próximos días con qué fin se solicitó la derogatoria del ordenanza.
DATO
La derogatoria de la ordenanza abriría la puerta la depredación de la campiña de las ocho provincias de la región.
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