Candidatos a diputados por Alianza Para el Progreso, Venceremos, Cívico Obras y Frente de la Esperanza difundieron propaganda electoral durante la festividad de la Virgen de la Candelaria, infringiendo normas interpuestas por el JNE.
Cuatro candidatos a diputados por Puno fueron reportados por el Jurado Nacional de Elecciones (JNE) por utilizar la Festividad de la Virgen de la Candelaria, la celebración más importante de la ciudad altiplánica, por difundir propaganda electoral de manera irregular durante las Elecciones Generales 2026. Los informes, emitidos entre el 12 y 14 de febrero, detallan infracciones que van desde pautas en televisión hasta el uso de imágenes religiosas en material impreso.
No respetan ni a la mamita



La Virgen de la Candelaria, declarada Patrimonio Cultural de la Nación, congrega cada febrero a miles de visitantes en Puno. Sin embargo, este año, la fiesta se convirtió en escenario de prácticas prohibidas por la normativa electoral, que busca garantizar la neutralidad y el respeto a las creencias de la población.
El Jurado Electoral Especial de Puno detectó que, el 10 de febrero, durante la transmisión en vivo de la «Parada Folklórica en Honor a la Virgen de la Candelaria» por el canal Antena Sur (Yunguyo), se emitió un cintillo publicitario de 26 segundos a favor de la organización Alianza Para el Progreso. El material mostraba la imagen y nombre del candidato a diputado Walter Jilapa, el símbolo del partido, y las instrucciones «marca así» y «escribe 1», junto a la frase «siempre con el pueblo».
El artículo 37 de la Ley de Organizaciones Políticas (Ley 28094) prohíbe a los medios de comunicación contratar propaganda electoral para partidos o candidatos, sea de forma directa o a través de terceros. Además, el Reglamento de Propaganda Electoral (Resolución JNE N.° 0112-2025) establece que la propaganda en radio y TV solo puede difundirse mediante la franja electoral administrada por la ONPE. Esta infracción está catalogada como «muy grave» y puede acarrear multas de hasta 100 UIT y la pérdida del financiamiento público directo.
Durante el «Concurso de Danzas en Trajes de Luces» del 10 de febrero, fiscalizadores detectaron la distribución de aproximadamente 20 volantes de la Alianza Electoral Venceremos en la Av. Simón Bolívar de Puno. El material incluía instrucciones para votar «marca las hojas de coca», «escribe 3», los nombres de los candidatos presidenciales Ronald Atencio y Alberto Quintanilla, en el reverso de los volantes una imagen de la Virgen de la Candelaria junto al programa de la festividad.

El artículo 188 de la Ley Orgánica de Elecciones (Ley 26859) prohíbe expresamente el uso o invocación de temas religiosos en propaganda política. El Reglamento de Propaganda Electoral (artículo 7, numeral 7.7) reitera esta prohibición para evitar que símbolos sagrados sean utilizados con fines electorales, protegiendo así la libertad de creencias de los ciudadanos.
Lo mismo hicieron Ricardo Belmont y Héctor Apaza Ñaupa, del Partido Cívico Obras. El el 9 de febrero, en la misma zona de la Av. Simón Bolívar, se distribuyeron almanaques publicitarios durante el concurso de danzas. El material mostraba en la parte superior la leyenda «Festividad Virgen de la Candelaria 2026» y una imagen de la Virgen. En la parte inferior, aparecían los candidatos presidenciales Belmont y Apaza Ñaupa, junto al símbolo del partido y la instrucción «escribe 4».
Y de igual manera, el candidato a diputado con el 3 por el partido Cooperación Popular, César Quispe Calsin. Distribuyó un volante aludiendo a la Vírgen de la Candelaria con una foto suya a lado llamando a marcar los símbolos de su partido y a escribir su número. Y en la parte de atrás lo mismo incluido el programa de la festividad.
Carteles sin autorización

El 13 de febrero, fiscalizadores verificaron que dos paneles publicitarios del Partido Frente de la Esperanza 2021 fueron instalados en una estructura metálica ubicada en el Centro Poblado de Jayllihuaya (carretera Panamericana Sur), reemplazando sin consentimiento un anuncio comercial previo. Los paneles promovían a los candidatos Fernando «Popy» Olivera (Presidencia) y Armando Lezano (Diputado por Puno).
El dueño del terreno denunció el hecho, asegurando que no dio permiso al partido ni a los candidatos a instalar y dañar su cartel publicitario.
El literal e) del artículo 186 de la Ley Orgánica de Elecciones permite fijar carteles en predios privados únicamente con permiso escrito del propietario, registrado ante autoridad policial. El Reglamento de Propaganda Electoral (artículo 7, numeral 7.12) tipifica como infracción colocar propaganda en predios públicos o privados sin autorización previa.
DATO
Los paneles de Frente de la Esperanza 2021 reemplazaron sin permiso la publicidad de la «Clínica El Salvador Ojos – Oídos» en una estructura privada.
DATO
Los volantes de Venceremos incluían la consigna «PUNO ES EL PERÚ» como parte del mensaje proselitista.









