noviembre 1, 2026
PLantas de beneficio chala

Las plantas de beneficio son un punto clave para fiscalizar el origen del oro y evitar que el mineral ilegal ingrese a la cadena formal.

La propuesta limita a cinco años la fiscalización de las plantas de beneficio con capacidad superior a 25 toneladas métricas diarias. Posterga para el reglamento los mecanismos para rastrear el oro desde su extracción hasta su comercialización.

La nueva Ley de la Pequeña Minería y Minería Artesanal (MAPE), presentada por el Ejecutivo al Congreso, no presenta soluciones sobre cómo se controlará el recorrido del oro desde su extracción hasta la exportación. La propuesta limita el tiempo para la fiscalización de plantas de procesamiento y posterga las reglas de trazabilidad; dos aspectos considerados clave para impedir que el mineral ilegal se mezcle con la producción formal. 

Oro sin trazabilidad

Todos los días decenas de camiones llegan a las plantas de beneficio.

Más de la mitad del oro exportado por el Perú hasta agosto de 2026 habría tenido origen ilegal y alcanzaría un valor de 12.063 millones de dólares. Según la Red de Estudios para el Desarrollo (Redes), esta cifra ya supera el monto registrado durante todo 2025.

¿Cómo llega ese oro al mercado internacional? De acuerdo con Redes, el negocio no termina en el lugar donde se extrae el mineral. “Antes de salir del país, el oro pasa por plantas de procesamiento, intermediarios y comercializadores. En ese recorrido, los controles insuficientes, la débil fiscalización y los vacíos del Reinfo permiten que el oro ilegal se mezcle con producción legal y pierda su rastro”, precisa.

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La nueva Ley MAPE presentada al Congreso por el Ejecutivo no tiene propuesta claras sobre los mecanismos de control. La propuesta asigna temporalmente al OEFA, Osinergmin y Sunafil la fiscalización de las plantas de beneficio, pero solo durante cinco años y para aquellas con capacidad superior a 25 toneladas métricas diarias. 

GOREs sin capacidad

El analista Iván Arenas advierte que la norma no garantiza un control efectivo de estas operaciones. Las plantas con capacidad inferior a 25 toneladas continuarán bajo la supervisión de los gobiernos regionales, que, según señala, no ejercen una fiscalización efectiva. “El detalle es que nada garantiza que, bajando la fiscalización de la producción, se siga camuflando minerales”, dijo.

Además, la efectividad de este cambio dependerá de la transferencia de las funciones de fiscalización. La norma no precisa cuándo comenzará ni cuándo concluirá ese proceso. “Mientras no se transfieran las competencias, quedarán en manos del Minem. Se supone que el Formape, la nueva institución, asumirá la dirección de la formalización. Si se retrasan las competencias, entonces seguirán en manos del Minem”, precisó Arenas.

Sin reglas claras

Especialistas piden que la Ley MAPE tenga reglas más claras.

A esta dificultad se suma la falta de plazos y responsabilidades definidos para implementar sistemas de trazabilidad e interoperabilidad que permitan seguir el recorrido del mineral desde su extracción hasta su procesamiento y comercialización. Estos mecanismos recién se definirán en el reglamento, que deberá aprobarse 120 días después de publicada la ley. Ello supone un riesgo, ya que elementos esenciales para su funcionamiento quedan abiertos a decisiones posteriores que podrían manipularse. 

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Arenas advierte que la propuesta plantea un control del origen del mineral, pero ese control actualmente se queda en el papel y resulta insuficiente. “La trazabilidad implica no solo la demostración de los papeles, sino la rigurosidad de las autoridades y funcionarios”, señaló.

La apertura de cuentas en el Banco de la Nación para los mineros comprendidos en el régimen también requiere mayores precisiones. La propuesta no deja claro qué controles permitirán verificar el origen legal del oro y evitar que ingresen al sistema financiero recursos procedentes de la minería ilegal.

Riesgo de camuflaje

Según Arenas, sin una trazabilidad efectiva será posible camuflar minerales de origen ilegal en el mercado formal. Recordó que actualmente se comercializa oro ilegal utilizando el Reinfo, que, de aprobarse la nueva ley, pasaría a llamarse Régimen de Consolidación y mantendría las mismas condiciones. “Se supone que el sistema de trazabilidad dará las garantías, pero hoy ya hay un sistema de trazabilidad que no funciona”, afirmó.

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Como Arenas, varios expertos coinciden en que combatir la minería ilegal exige controlar toda la cadena del oro, desde los insumos y la extracción hasta el procesamiento, la comercialización y la exportación. 

No obstante, la propuesta deja pendientes definiciones clave sobre fiscalización, trazabilidad, interoperabilidad y distribución de competencias. Lo que genera dudas sobre la capacidad real de la norma para transformar el sistema actual y evitar que la formalización se convierta, una vez más, en un proceso que existe en solo el papel.

CIFRA

5 años es el periodo durante el cual la propuesta asigna temporalmente al OEFA, Osinergmin y Sunafil la fiscalización de determinadas plantas de beneficio.

DATO

Los mecanismos de trazabilidad e interoperabilidad se definirían en el reglamento de la ley, cuya aprobación está prevista dentro de los 120 días posteriores a su publicación.

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