Detectan propaganda electoral cerca de locales de votación

Dos paneles publicitarios de organizaciones políticas fueron hallados a menos de 100 metros de los centros de sufragio en el Cercado y José Luis Bustamante y Rivero. El Ministerio Público exhortó al JNE a imponer las sanciones correspondientes por infringir la normativa electoral.

La Fiscalía realizará las denuncias respectivas contra los responsables.

Durante la jornada electoral del 7 de junio, la Fiscalía de Prevención del Delito, a través de la fiscal Cecilia Ampuero, detectó al menos dos incidencias vinculadas a propaganda electoral del partido Fuerza Popular instalada de manera indebida en las inmediaciones de locales de votación. Los casos fueron puestos en conocimiento del Jurado Nacional de Elecciones (JNE) y de la Policía para que adopten las medidas correspondientes y evalúen la aplicación de sanciones.

El primero, corresponde a un panel de grandes dimensiones del partido Fuerza Popular instalado en la berma central de la avenida Juan de la Torre, frente a la institución educativa Luis H. Bouroncle. El material fue detectado desde la noche del sábado 6 de junio, pero continuó visible incluso después de las 2 de la tarde del domingo y recién fue retirado cuando la jornada electoral estaba próxima a concluir.

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Una situación similar se presentó en el distrito de José Luis Bustamante y Rivero. Otro panel publicitario fue instalado cerca del instituto Pedro P. Díaz, también habilitado como local de votación. En este caso, la propaganda sí pudo ser retirada gracias al apoyo de la municipalidad distrital, que facilitó la maquinaria y el personal necesario para desmontar la estructura.

Hay que recordar que, la Ley Orgánica de Elecciones (LOE) establece que durante el día de las elecciones está prohibida toda forma de propaganda política y que debe retirarse aquella ubicada dentro de un radio de 100 metros alrededor de los locales de votación. Esta restricción busca garantizar que los ciudadanos emitan su voto sin presiones ni influencias políticas inmediatas.

DATO

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Corresponde una multa administrativa de 30 a 100 Unidades Impositivas Tributarias (UIT) impuesta por el JNE, además de una sanción penal de hasta dos años de cárcel

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