Arequipa: JNE anula suspensión de alcalde de Characato

El Jurado Nacional de Elecciones declaró fundado el recurso de apelación del alcalde de Characato, Ángel Linares Portilla, y dejó sin efecto su suspensión al considerar que no existió base legal ni respeto al debido proceso.

Alcalde de Characato retomará funciones ediles por disposición del JNE.

El Jurado Nacional de Elecciones (JNE) declaró fundado el recurso de apelación presentado por el alcalde de Characato, Ángel Linares Portilla, dejando sin efecto la suspensión que había sido impuesta por el Concejo Distrital. Con esto, se ordena la restitución del edil en sus funciones y además se insta a los regidores a actuar conforme a ley y no vulnerar los derechos de la autoridad.

Como se recuerda, en febrero del 2025 los regidores suspendieron en sus funciones como alcalde a Linares alegando una presunta “incapacidad física temporal”. Esto se sustentó en una licencia médica presentada por el burgomaestre, luego de haber sido hospitalizado.

En su resolución, el JNE precisó que una licencia médica, incluso cuando implica hospitalización, constituye una situación excepcional vinculada al derecho fundamental a la salud, por lo que no puede interpretarse como una falta o incumplimiento de funciones. En ese sentido, subrayó que sancionar a una autoridad por atravesar un problema de salud representa una vulneración directa de sus derechos constitucionales.

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Asimismo, el organismo electoral advirtió que el Concejo Municipal incurrió en graves omisiones procedimentales. Entre ellas, la inexistencia de un pedido formal de suspensión presentado por un vecino o regidor, requisito indispensable establecido por la normativa vigente para iniciar este tipo de procesos.

Como resultado, el JNE resolvió declarar nulo e improcedente todo el procedimiento de suspensión, restituyendo plenamente a la autoridad en el ejercicio de sus funciones. Además, exhortó a los integrantes del concejo municipal de Characato a actuar en adelante conforme a la ley y respetar los principios constitucionales que rigen la función pública.

DATO

El JNE subrayó que el Concejo de Regidores vulneró el derecho al debido proceso, así como los derechos a la salud y al trabajo del alcalde.

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